REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE,
SAN FERNANDO DE APURE, (02) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO (2005)

194° y 146°


Revisada como ha sido la presente causa, este Despacho observó que en fecha 4-06-1998, compareció ante este Juzgado la Ciudadana NORKA CORINA RODRIGUEZ, inserta en el folio 62, quien informó que el Ciudadano JOSE LUIS OSTOS RODRIGUEZ quien era padre de los hermanos OSTOS RODRIGUEZ falleció, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los fines de providenciar en la presente causa acuerda: Revocar el auto de fecha 22-04-05, y dejar sin efecto los oficios nos. 968 y 969, y se acuerda agregarlo a la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 383 Literal “A”, la cual establece: Artículo 383, Extinción:
“La Obligación Alimentaria se extingue”:
a) por la muerte del obligado.

En consecuencia se declara extinguido el presente proceso y se ordena el Archivo del presente expediente. Cúmplase. Líbrese lo conducente.-
La Juez Prov.

Dra. MARGARITA CASTILLO.-
El Secretario,

Dr. ERNESTO BOCANEY
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado,
El Secretario,

Dr. ERNESTO BOCANEY
EXP. N° 4. 255
MC/ELBO/Celenne