REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado del Municipio San Fernando
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
EXPEDIENTE: Nº. 2.000 -2.394.
DEMANDANTE: ANA LUCIA LOVERA DE AVILAN
asist. del Abg. JUAN E. LOPEZ C.
DEMANDADO: DEXI FERRER
MOTIVO: DESALOJO
FECHA DE ENTRADA DEL
EXPEDIENTE: 28-11-2000.
Al folio 15 del expediente Nº 2.000-2.394, cursa un auto dictado por este Tribunal, ordenando computar el tiempo transcurrido desde el día 31 de enero de 2001, fecha esta contentiva de la última actuación que corre inserta a los folios 21 y 22 del Cuaderno de medidas, computo este que se hizo por Secretaría, resultando que entre ambas fechas señaladas ha transcurrido un lapso de CUATRO (4) AÑOS TRES MESES Y VEINTICUATRO (24) MESES.
El Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en su primera parte establece: “TODA INSTANCIA SE EXTINGUE POR EL TRANSCURSO DE UN AÑO SIN HABERSE EJECUTADO NINGUN ACTO DE PROCEDIMIENTO POR LAS PARTES. LA INACTIVIDAD DEL JUEZ, DESPUÉS DE VISTA LA CAUSA, NO PRODUCIRA LA PERENCION.” A su vez el articulo 269 ejusdem dispone: “LA PERENCION SE VERIFICA DE DERECHO Y NO ES RENUNCIABLE POR LAS PARTES. PUEDE DECLARARSE DE OFICIO POR EL TRIBUNAL Y LA SENTENCIA QUE LA DECLARE, EN CUALQUIERA DE LOS CASOS DEL ARTICULO 267, ES APELABLE LIBREMENTE.”
En consecuencia, habiéndose comprobado plenamente de los autos, que ha transcurrido el lapso legal para que opere y se declare de oficio la Perención en la presente causa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, así se declara y por lo tanto extinguida la Instancia en el Juicio de DESALOJO, seguido por la ciudadana ANA LUCIA LOVERA DE AVILAN, asistida por el abogado en ejercicio ciudadano JUAN EVARISTO LOPEZ COELLO, en contra de la ciudadana DEXI FERRER. En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal ordena dejar sin efecto la Medida Preventiva de Embargo decretada en fecha 28 de noviembre del año 2000 y ejecutada en fecha 31 de enero del año 2001 y una vez quede firme la Sentencia se ordena librar oficio al Depositario Judicial ciudadano MANUEL ANTONIO AVILAN LOVERA, a fin de que haga entrega del siguiente bien inmueble, una casa ubicada en el Barrio La Planta Nº 25, alinderada de la siguiente manera: NORTE, colinda con la casa que es o fue propiedad de la ciudadana Norys García, 30 metros; SUR, con propiedad que pertenece o perteneció al ciudadano Eloy Rivas, 30 metros; OESTE, colinda con la Laguna conocida con el nombre La Planta, en 12 metros y ESTE, su frente colinda con la Calle La Planta en 12 metros.
De conformidad con las disposiciones del Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese a la parte demandante mediante boleta.
PUBLIQUESE, REGISTRESE NOTIFIQUESE Y DEJESE COPIA
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los veinticuatro (24) días del mes de Mayo del año dos mil cinco.- Años: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.
La Juez Temp.,
Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
La Secretaria,
Abg. LUZ MARINA SILVA PEREZ.
amtp.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado del Municipio San Fernando
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando de Apure, 24 de Mayo de 2.005.-
195º y 146º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
Al Abogado JUAN EVARISTO LOPEZ COELLO, Apoderado Judicial de la ciudadana ANA LUCIA LOVERA DE AVILAN en el Juicio de DESALOJO, seguido en contra de la ciudadana DEXI FERRER, que este Tribunal, por decisión dictada en esta misma fecha, declaró la PERENCION DE LA INSTANCIA Y EXTINGUIDO EL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el en Artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.
Notificación que hago a usted, de conformidad con el Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Conforme a lo establecido en el Artículo 233 del citado Código, la presente Boleta será dejada por el Alguacil de este Tribunal en el domicilio de la parte notificada, y de estas actuaciones dejará expresa constancia en el expediente la Secretaria del Tribunal.
La Juez Temp.,
Abg. EUMELY J. SÁNCHEZ MARTINEZ
La Secretaria,
Abg. LUZ MARINA SILVA PEREZ-
Domicilio: San Fernando de Apure
Exp: 2000-2394.- amtp.-
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