REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
De la Circunscripción Judicial del Estado Apure
ACTA DE EJECUCIÓN
COMISIÓN Nº 05-1651.-
En el día de hoy, veinticuatro de Mayo del año dos mil cinco, siendo las 10:35 a.m, conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el inmueble constituido por una casa de habitación familiar, ubicada en el Sector La Morita, Municipio Biruaca, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, librada en el Juicio de REIVINDICACIÓN, seguido por la ciudadana ROSA HIDALGO, contra la ciudadana YUBIRI ZAPATA, y ejecutar la Medida de Secuestro decretada por el comitente. Se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de comisión a la ciudadana quien manifestó llamarse YURBIS YUBISAY PADRON ZAPATA y ser venezolana, mayor de edad y titular de la Cedula de Identidad N° 16.272.881, en su condición de ocupante del inmueble donde se encuentra constituido este Tribunal. Se deja constancia que el Tribunal se traslado y constituyó a las 10:35 a.m., en virtud de requerirse la custodia por parte de los funcionarios policiales a quienes no se pudo localizar hasta las 10:00 a.m. Se encuentran los ciudadanos MARCOS ZERPA y LUIS D. LUGO, venezolanos, mayores de edad titulares de las Cedulas de Identidad N° 14.104.467 y 17.200.450, respectivamente, en su condición de Consejeros del Consejo Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente del Municipio Biruaca, Estado Apure, así como una (01) comisión policial integrada por siete (07) funcionarios. El Tribunal deja constancia que no asistió ningún funcionario de la Guardia Nacional del Comando Regional N° 6, ni representante de la Defensoria del Pueblo, no obstante de haber sido requerida su presencia en fecha 12-04-2005, según oficios Nros 05-398 y 05-399, respectivamente. Presente en este acto el Abogado en ejercicio LUIS ARTURO HIDALGO RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 9.691.953, Inscrito en el inpreabogado bajo el N° 87.343, en su condición de Apoderado Judicial de la parte actora, quien solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: para dar cumplimiento al Despacho de Comisión encomendado y en consecuencia ejecutar la Medida de Secuestro sobre el inmueble constituido por una casa de habitación familiar, constante de quince metros cuadrados de frente por treinta metros cuadrados de fondo (15 x 30 M2), construida sobre un lote de terreno propiedad del Municipio Biruaca del Estado Apure, ubicada en el Sector la Morita, enmarcada dentro de los Siguientes linderos: NORTE: Familia Pino; SUR: Familia Juarez; ESTE: Familia Solórzano y OESTE: Familia Yuspin, vivienda signada con el N° 031-4533, así mismo solicito designe como Depositario Judicial al ciudadano LUIS LEANDRO RANGEL HIDALGO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 18.489.868, es todo. Por cuanto el inmueble se encuentra habitado, el Tribunal los insta a que voluntariamente desocupen el mismo tanto de personas como de bienes muebles, ya que va hacer entregado al Depositario Judicial para dar cumplimiento a la Medida de Secuestro decretada por el comitente. La notificada solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: Manifiesto en este acto que voy ha desocupar el inmueble voluntariamente tanto de personas como de bienes muebles, por cuanto no es de mi propiedad, es todo. El Tribunal visto el Despacho de Comisión conferido y la exposición hecha por la notificada, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Formalmente Secuestrado el inmueble constituido por una casa de habitación Familiar, constante de quince metros cuadrados de frente por treinta metros cuadrados de fondo (15 x 30 M2), construida sobre un lote de terreno propiedad del Municipio Biruaca del Estado Apure, ubicada en el Sector la Morita, enmarcada dentro de los Siguientes linderos: NORTE: Familia Pino; SUR: Familia Juarez; ESTE: Familia Solórzano y OESTE: Familia Yuspin, vivienda signada con el N° 031-4533, y declara la Desposesión Jurídica del mismo, así mismo procede a designar como Depositario Judicial al ciudadano LUIS LEANDRO RANGEL HIDALGO, antes identificado, quien manifiesta no tener ningún grado de parentesco con las partes que integran la litis y estando presente acepta el cargo y jura cumplir bien con sus deberes y derechos inherentes al mismo. El Tribunal le hace entrega del bien Secuestrado totalmente desocupado tanto de personas como de bienes muebles al Depositario Judicial designado, que manifiesta recibirlo conforme y mantenerlo a la orden del Tribunal de la Causa. Se deja constancia que no se utilizo la violencia física. El Apoderado Judicial de la parte actora solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: De igual manera estando el Tribunal Ejecutar de Medidas solicito a este mismo Tribunal que le dí entrega a la notificada la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES ( Bs. 100.000), a solicitud de esta misma para sufragar la eventualidad de gastos de habitación, es todo. El Tribunal deja constancia que en este acto le fue entregada la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES ( Bs. 100.000), a la ocupante del inmueble ciudadana YURBI YUBISAY PADRON ZAPATA, antes identificada, quien los recibió, y da por terminado el acto y se ordena el regreso del Tribunal a su sede natural siendo las 12:15 p.m.-Terminó, se leyó y conformes firman.- La Juez, Suplente Especial, Dra. Wiecza Santos Matiz. El Apoderado Judicial. Dr. Luis Arturo Hidalgo R. La notificada Yurbis Yubisay Padron Zapata. Los Cons. del Cons. Mun. de Der. del N y A., Marcos Zerpa. Luis D. Lugo. El Depositario Judicial, Luis Leandro Rangel Hidalgo. El Jefe de la Com. Policial .S/1ero Gamarra José G. C.I 9.873.170. El Alguacil. Miguel Ángel Bravo. La Secretaria. Dra. Maria Milagro Aranguren.-
COM: 05-1651.-
Af/.-