REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
CORTE DE APELACIONES
San Fernando de Apure, 10 de Noviembre de 2005.
195° y 146°
CAUSA N ° 1Aam 1109-05
PONENTE:
DRA. PATRICIA SALAZAR LOAIZA.
MOTIVO:
INHIBICIÓN.
JUEZ INHIBIDO: DR. ALBERTO TORREALBA LÓPEZ.
Corresponde a esta Sala Única de la Corte de Apelaciones, conocer sobre la inhibición planteada por el Juez Superior de esta Corte de Apelaciones, DR. ALBERTO TORREALBA LÓPEZ en acta de Inhibición de fecha: 07 de noviembre de 2005, señalando como causa la norma contenida en el Artículo 86 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto emitió pronunciamiento en fecha 26-08-2003, en la causa signada con el N° 1As 717-03, seguida a la ciudadana CECILIA OJEDA CARREÑO, lo que impide al juez inhibido conocer de la presente acción de amparo constitucional, incoada por la ciudadana antes mencionada.
Ahora bien, considera esta Sala, que la referida inhibición está ajustada a derecho en la causal invocada por el Juez inhibido; por lo que, ciertamente no debe conocer de la misma, en su condición de Juez Superior de esta Corte de Apelaciones, cargo que actualmente ocupa. En consecuencia, es procedente declarar CON LUGAR la inhibición planteada. Así se decide.
DISPOSITIVA:
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA INHIBICION planteada por el DR. ALBERTO TORREALBA LÖPEZ Juez Superior de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Apure, de conformidad con lo previsto en el Artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en concordancia con lo establecido en el Artículo 86, numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ofíciese a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Apure, a fin de tramitar la convocatoria del Juez Suplente.
Regístrese, diarícese la presente decisión.
Es justicia en San Fernando de Apure, a los diez (10) días del mes de noviembre del año dos mil cinco.
PATRICIA SALAZAR LOAIZA
PRESIDENTA DE LA CORTE DE APELACIONES.
DEL CIRCUITO JUIDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
(PONENTE)
KATIUSKA SILVA
SECRETARIA
CAUSA N° 1Aam 1109-05
PSL/KS/carlos.-
|