REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
CORTE DE APELACIONES

San Fernando de Apure, 02 de Noviembre de 2005.
195° y 146°

CAUSA N ° 1Inh 1103-05.

PONENTE:
DR. OMAR ARTUTO SULBARAN.
MOTIVO:
INHIBICIÓN
JUEZA INHIBIDA: NORKA MIRABAL RANGEL.


Vista la inhibición planteada por la DRA. NORKA MIRABAL RANGEL, en su carácter de Juez Provisorio del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, en la causa signada bajo el N° 1C-141-99, llevada por ese despacho en contra del imputado TONI ALEXANDER GUEDEZ, titular de la cedula de identidad N° 12.324.477, por la comisión del delito de HURTO GENÉRICO. Recibida la incidencia en esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Apure, y aceptada la distribución legal, correspondió la ponencia al Dr. OMAR ARTURO SULBARAN DURAN, quien con tal carácter suscribe el presente fallo.

DEL ACTA DE INHIBICIÓN

El acta de inhibición planteada por la mencionada Jueza, entre otras cosas señala: “…Por cuanto en la presente causa se evidencia en las actuaciones de los folios 06 al 07 de fecha 29-12-1999 que la Ciudadana ABG. NORKA MIRABAL RANGEL actuaba como Fiscal Primera del Ministerio Público y actualmente esta encargada del Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, quien necesariamente debe plantear su INHIBICIÓN al conocimiento de la presente causa en razón del ser (sic) Juez del Tribunal Primero de Control, a tales efecto expone: Dada mi condición de Juez Primero de Control, planteo MI INHIBICIÓN al conocimiento de la causa por encontrarme incursa en la causal de Inhibición establecida en el numeral 7° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal….”.

En atención a lo antes expuesto en autos por la Jueza del Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, en la causa N ° 1C-141-99, la cual se le sigue al imputado TONI ALEXANDER GUEDEZ, por la comisión del delito de HURTO GENÉRICO, calificación dada por el referido tribunal de control, observando esta Sala Única de la Corte de Apelaciones el cuaderno de incidencia, verifica en los folios 02 y 03 que ciertamente la Jueza inhibida conoció del presente caso con anterioridad, y a los fines de resguardar la imparcialidad de la Jueza NORKA MIRABAL RANGEL, estima ajustado a derecho inhibirse de conocer la causa de conformidad con lo previsto en el artículo 86 numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal. La norma in comento establece:
“…Omissis…
…7. Por haber emitido opinión en la causa con conocimiento de ella, o haber intervenido como fiscal, defensor, experto, intérprete o testigo, siempre que, en cualquiera de estos casos, el recusado se encuentre desempeñando el cargo de juez;
…Omissis…”

Ahora bien, considera esta Sala, que la referida inhibición está ajustada a derecho en la causal invocada por la inhibida dada las razones anteriormente expuestas; por lo que, ciertamente no debe conocer de la presente causa en su condición actual como Jueza del Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Apure, en consecuencia, es procedente declarar CON LUGAR la inhibición planteada. Y así se decide.

DISPOSITIVA:

Por todo lo anteriormente expuesto, esta SALA ÚNICA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la DRA. NORKA MIRABAL RANGEL, en su condición de Jueza del Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Apure, conforme a lo establecido en el Artículo 86, numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal; e igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 94 ejusdem, el Juez sustituto continuará conociendo del proceso.-

Regístrese, diarícese la presente decisión y remítanse las presentes actuaciones al tribunal de origen.

Es justicia en San Fernando de Apure, a los dos (02) días del mes de Noviembre del año Dos mil Cinco.


PATRICIA SALAZAR LOAIZA
JUEZA SUPERIOR PRESIDENTE DE LA CORTE DE APELACIONES.




OMAR ARTURO SULBARAN ALBERTO TORREALBA LOPEZ
JUEZ SUPERIOR ESPECIAL JUEZ SUPERIOR
(Ponente)



KATIUSKA SILVA
SECRETARIA.



CAUSA N° 1Inh 1103-05.
OAS/KS/carlos.-