REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRÁNSITO Y DE TRABAJO

LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.-

San Fernando de Apure, 15 de Noviembre de 2005.-

195° y 146

Visto el Desistimiento anterior, suscrito por el ciudadano JUAN DEL CARMEN BETANCOURT, en su carácter de parte solicitante del presente proceso, de fecha 14 de Noviembre del corriente año, debidamente asistido de abogados, mediante el cual desiste de la Acción de la misma. Y por cuanto versa sobre derechos disponibles este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena el archivo del presente expediente en su oportunidad de Ley. Igualmente se ordena devolver los cheques de gerencia presentados por el solicitante, los cuales son; uno del Banco Mercantil Agencia San Fernando de Apure signado con el N° 96040742 por la cantidad de NOVENTA Y SIETE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 97.000.000,oo) y el otro del Banco Provincial Agencia Achaguas del Estado Apure signado con el N° 00006819 por la cantidad de CINCUENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 56.384.000,oo), los cuales se le hace entrega en este mismo acto .
La Jueza.

Dra. ANAID C. HERNANDEZ
La Secretaria Acc.

Abg. KATHERINE HERNANDEZ.
El Solicitante

JUAN DEL CARMEN BETANCOURT.

Conforme lo ordenado se registro y publico la presente homologación siendo las 11:00 a.m.-
La Secretaria Acc,

Abg. KATHERINE HERNAN