REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

San Fernando de Apure, 30 de Noviembre de 2.005

EXTINCIÓN DE L A PENA

CAUSA N ° 2E-101-01
JUEZ: WILMER ARANGUREN TOVAR
PENADO: GUERRA RAFAEL ARMANDO.
FISCAL: SEPTIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO
LA SECRETARIA: ABG. NANCY YANEZ

Vista el acta de defunción del decujus GUERRA RAFAEL ARMANDO, Venezolano, mayor de edad, casado, residenciado en Barrio La Veguita, Casa S/N, Elorza Estado Apure, titular de la cedula de identidad N° 2.506.054, quien fuera condenado por el extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Distrito Arismendi del Estado Barinas, a cumplir la pena de Cinco (12) Años de Presidio, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, tipificado en el articulo 407 en el Código Penal; Ahora bien se determina que en fecha 20 de Mayo de 2005, Falleció en la población del Elorza de esta ciudad. El ciudadano GUERRA RAFAEL ARMANDO, antes identificado.- En este sentido, el Tribunal observa: El articulo 103 de la Ley sustantiva penal, establece que “la muerte del reo, extingue la pena…”, así mismo, la muerte extingue la acción penal, tal como lo establece el artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal.
Evidenciándose de la partida de defunción por ser un instrumento público, suscrito por la autoridad pública, inserta al folio Mil Ciento Veintiuno (1121), que la muerte o fallecimiento del penado, GUERRA RAFAEL ARMANDO, debe necesariamente el Tribunal decretar la extinción de la pena que cumplía el decujus y Así se declara.
DECISION
Por las razones antes expuestas, el Tribunal de primera Instancia en funciones Ejecución de penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTICIÓN DE LA PENA que cumplía el penado GUERRA RAFAEL ARMANDO y así se decide. Notifíquese cúmplase.-
LA JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,

DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR.
LA SECRETARIA,

ABG. NANCY YANEZ
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado, en el auto que antecede.
LA SECRETARIA,

ABG. NANCY YANEZ
Causa N ° 2E-101-01
WAT/milagro.-