REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE,
EXTENSIÓN GUASDUALITO
JUZGADO DE OPRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
Guasdualito, 17 de octubre de 2.005
195° y 146°
ACTA DE IMPOSICIÓN PERSONAL DEL CÓMPUTO DE LA PENA
En horas de audiencia del día de hoy, 17 de octubre del dos mil cinco (2.005), en este Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, siendo las 10:30 horas de la mañana, comparecieron ante este despacho, el Abg. Roberto Sanabria, en su carácter de defensor privado y previo traslado del Destacamento Policial donde se encuentran recluidos temporalmente, los penados GUSTAVO AGUILAR BARRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V-16.488.834, EDILSON ERASMO BELEÑO DIAZ, Colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de Ciudadanía Nº C.C. 5.441.215, ALBERTO JOSE BELEÑO NARVAEZ, Colombiano, mayor de edad, indocumentado, CARLOS JULIO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V-8.187.807, a fin de imponerlos personalmente del contenido de LA SENTENCIA proferida en fecha 10 de diciembre del 2005, por el Tribunal de Juicio de este Circuito y Extensión y del Cómputo de la ejecución de la pena, en este estado el defensor expone que visto que fue promulgada la nueva Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, la cual establece penas distintas, solicita la aplicación de la misma; Este Tribunal informa al defensor que este momento se impondrá el computo sin la aplicación de la nueva , debiendo la defensa instar en forma posterior su aplicación. Toma el derecho de palabra el defensor, quien solicita al Tribunal se suspenda este acto por el lapso de una semana, a fin de presentar escrito pidiendo la aplicación de la nueva Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, solicitud que hace previa consulta con sus defendidos; Por lo que este Juzgador, oído lo expuesto por la defensa, acuerda la solicitud de diferimiento del acto, por el tiempo. Terminó, se leyó y conforme, firman, siendo las 11:45 horas de la mañana.
El Juez de Ejecución,
Dr. MIGUEL PADILLA BAZO
Defensor Privado
Roberto Sanabria
Los penado,
GUSTAVO AGUILAR BARRERA,
EDILSON ERASMO BELEÑO DIAZ,
ALBERTO JOSE BELEÑO NARVAEZ,
CARLOS JULIO PEREZ,
La Secretaria,
Abg. INDIRA TRINIDAD VIVAS SANTANA
Causa 1E342-05.-
“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO
DEL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR EN EL MONTE SACRO”
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