REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO DE APURE, (20) DE OCTUBRE DOS MIL CINCO (2005)/SALA DE JUICIO N° 02

194° y 146°

Vista la solicitud formulada por la ciudadana PLACIDA ARACELYS OLIVARES PEÑA, titular de la cédula de identidad N° V-12.900.475 actuando debidamente asistida de Abogado en nombre y representación de sus hijos HNOS. JIMENEZ OLIVARES, DARWIN DE JESUS, WILGEN ANEL, CORINA SARAI, WINDER EMILIO y WINTO ADRIAN, mayor de edad el primero y menores de edad los cuatro últimos nombrados de 17, 15, 13 y 10 años de edad respectivamente, cuyas partidas de nacimientos acompañó corrientes a los folios 8, 9, 10, 11 y 12 de los autos, en la cual solicita sean declarados sus hijos como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien fuera padre de los mismos ciudadano JESUS MARIA JIMENEZ, fallecido en el Vecindario Payara de esta Circunscripción Judicial a consecuencia de Infarto Agudo del Miocardio (cara anterior de VI) en fecha 13-11-1997. Fue publicado por la prensa Local (ABC) CARTEL DE NOTIFICACIÓN a cuantas personas tuviesen interés en hacerse parte en dicho proceso.- Y oídas la declaraciones de los testigos ciudadanos: MANUEL VICENTE JIMENEZ y JUAN EUDORO BLANCO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.512.468 y V-9.595.723, quienes estuvieron contestes en declarar que conocen suficientemente de vista, trato y comunicación a los solicitantes, así como también conocían al De-Cujus JESUS MARIA JIMENEZ, fallecido en el Vecindario Payara de esta Circunscripción Judicial a consecuencia de Infarto Agudo del Miocardio (cara anterior de VI) en fecha 13-11-1997.- En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, EN SU SALA DE JUICIO N° 02 ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley, declara “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” a los HNOS. JIMENEZ OLIVARES, DARWIN DE JESUS, WILGEN ANEL, CORINA SARAI, WINDER EMILIO y WINTO ADRIAN, mayor de edad el primero de los nombrados, y de 17, 15, 13 y 10 años de edad respectivamente los cuatro últimos nombrados, en sus condición de hijos del De-Cujus JESUS MARIA JIMENEZ para que reclamen todos sus derechos y acciones que puedan corresponderles como HEREDEROS, de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano. Y así se Decide.- Evacuadas como han sido las presentes diligencias, devuélvase las actuaciones originales a la parte interesada.- Déjese copias certificadas de todo el expediente para su archivo.- Cúmplase.

EL Juez Prov.,

ABOG. CASTOR JOSE UVIEDO
El Secretario,
ABG. RAMON RIVAS
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en autos.

El Secretario,

ABG. RAMON RIVAS
CJU/alba
EXP. N° 468.-