REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO, (07) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO (2005).-
195° y 146°

Por cuanto existen dos (02) causas signadas con los números 10.656 y 10.899 de cuya revisión se observa que tienen parte y objeto idéntico, este Tribunal Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, declara:

PRIMERO: La LITISPENDENCIA, entre las causas números 10.656 y 10.899, quedando vigente el Expediente Nº 10.656 por haber admitido y Homologado primero el Convenio de Régimen de Visitas entre los mencionados ciudadanos, a favor de los hermanos BRICEÑO MONCADA, de conformidad con lo establecido en el artículo 61 del Código de Procedimiento Civil, quedando en consecuencia Extinguida la causa Nº 10.899.

SEGUNDO: Se acuerda cerrar la presente causa y remítase el presente expediente al Archivo Judicial de esta Ciudad. Cúmplase.-
La Juez Prov.,

Dra. MARGARITA CASTILLO

El Secretario,

Dr. ERNESTO BOCANEY
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.,
El Secretario,

Dr. ERNESTO BOCANEY


Exp. N° 10.899
MC/ELBO/Celenne