REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRÁNSITO Y DE TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:




JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.

En fecha Treinta y Uno (31) de Mayo del año Dos Mil Cinco (2.005), la ciudadana: ANA SUYIN PALMERO SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.615.395, y de este domicilio, debidamente asistida por el abogado WILMER JOSÉ QUINTANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.193.343 inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 96.943, instauró demanda de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, a su favor en este Tribunal la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimiento llevado por la Prefectura Civil del Municipio San Fernando del Estado Apure, en el año de 1.969, inscrita bajo el Nº 280, el cual el error denunciado es que se colocó erróneamente el nombre su padre como JESÚS PALMERO QUINTANA, siendo lo correcto O DE JESÚS PALMERO QUINTANA. Admitida la demanda por ante este Tribunal en fecha Catorce (14) de Junio del año Dos Mil Cinco (2.005), este Tribunal libró boleta de notificación al Fiscal Sexto del Ministerio Publico y libró Edicto dándole el termino de ley.-
Cumpliendo a cabalidad con todos los requisitos y trámites procesales que contempla la Ley, para este tipo de proceso y encontrándose la causa para dictar sentencia, este Tribunal observa.-
PRIMERO:

Analizadas las pruebas documentales traídas a los autos se evidencia el error cometido en acta de nacimiento N° 280 llevada por ante la Prefectura Civil del Municipio San Fernando del Estado Apure, en el año de 1.969, en cuanto al Nombre del padre de la solicitante el cual aparece como JESÚS PALMERO QUINTANA, siendo lo correcto O DE JESÚS PALMERO QUINTANA.

SEGUNDO:

Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley. Declara CON LUGAR la presente acción y en consecuencia, se ordena la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana ANA SUYIN PALMERO SILVA, en los libros de Registro Civil de Nacimientos llevado por la Prefectura Civil del Municipio San Fernando del Estado Apure, remítase copia certificada de la presente decisión a la Prefectura Civil del Municipio San Fernando del Estado Apure, y al Registro Principal del Estado Apure a los fines de que RECTIFIQUE la correspondiente PARTIDA DE NACIMIENTO N° 280 del año 1.969 en libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ambos despachos, una vez ejecutada esta decisión, por cuanto el nombre que tiene que aparecer es el de O DE JESÚS PALMERO QUINTANA y no el de JESÚS PALMERO QUINTANA como aparece erróneamente.-
Publíquese regístrese y déjese copia.
Dada firmada y sellada, en la sala de este despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.-San Fernando de Apure, Seis (06) de Octubre del año Dos Mil Cinco (2.005). Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.-
La Juez.

Abg. Anaid Carolina Hernández.-
La secretaria Acc.,.

Abg., Gleibys Hernández.-








ACHZ/Issele.-
Exp. Nº 14.566.-