REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
San Fernando de Apure, 25 de Octubre de 2005
194º y 145º
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 2C-6786-05
IMPUTADO: JULIO MANUEL HERRERA BRAVO.
VICTIMA: MIGUEL ERASMO ALJONA.
DELITO: CONTRA LA ACTIVIDAD GANADERA.
PROCEDENCIA: FISCALIA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Por recibida la presente causa signada con el No. (04-F1-549-01) procedente de la Fiscalía Primera del Ministerio Publico del Estado Apure, al que éste Tribunal Segundo de Control, asignó el Nº 2C-6786-05, en donde el representante de la Fiscalía mediante escrito contentivo de ACTO CONCLUSIVO DE INVESTIGACIÓN, solicita al Tribunal declare el SOBRESEIMIENTO en la causa No. (04-F1-549-01), donde aparece como imputado JULIO MANUEL HERRERA BRAVO, Titular de la cedula de Identidad Nº 16.977.227, de 19 años de edad, casado, residenciado en Vecindario El Rosario, parroquia El Yagual del Municipio Achaguas Estado Apure, de conformidad a lo previsto en el Artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal en razón de que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, que permitan determinar que efectivamente el ciudadano fue el autor en la comisión del hecho ilícito.
Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir observa:
De la revisión practicada a las actas se recibe por ante Guardia Nacional, Comando Regional Numero 6, denuncia común de fecha 29 de Marzo de 2.001, interpuesta por el Ciudadano MIGUEL ERASMO ALJONA, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-4.999.996, soltero, de 51 años de edad, domiciliado en Fundo Mango Solo, Vecindario Sabaneta Jurisdicción del Municipio Achaguas, Estado Apure, en la cual deja constancia de lo siguiente: “…Yo me encontraba en la Compañía Inglesa Trabajando cuando regrese al fundo y revise mi ganado me di de cuenta que hacia faltaba un becerro de un año de edad, luego empecé a buscar por todas partes y escuche un bramio en un potrero del Fundo Los Coroso colindante con mi fundo fui y lo vi que estaba amarrao de un caujabo seco lo revise y le vi el hierro desfigurao y me fui pa que el comisario y el medijo que fuera pal comando de la guardia nacional. Es todo”. Y donde se individualizó como imputado al ciudadano: JULIO MANUEL HERRERA BRAVO, como presunto autor de uno de los delitos CONTRA LA ACTIVIDAD GANADERA, donde no ha sido posible incorporar nuevos datos a la investigación, razón por la que se solicita el sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo previsto en el Ordinal 4° Art. 318 del Código Orgánico Procesal Penal, donde aparece como victima: MIGUEL ERASMO ALJONA. En razón de tales circunstancias, se hace procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por la DRA. GLADYS AMELIA FLEITAS FLORES, en su carácter de Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; verificada como a sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y por otra parte dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Ordinal 4º por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que efectivamente han transcurrido: CUATRO (04) AÑOS, SEIS (06) MESES Y VEINTISEIS (26) DIAS, de la comisión del delito investigado y en virtud de que hasta la presente fecha no se han obtenidos nuevos datos, no existe razonablemente la posibilidad para incorporar otros elementos de convicción que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso es por lo que se hace procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL.
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el Nº 2C-6786-05, seguida a favor del ciudadano: JULIO MANUEL HERRERA BRAVO, por la presunta comisión de unos de los Delitos CONTRA LA ACTIVIDAD GANADERA, en perjuicio de MIGUEL ERASMO ALJONA, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. MARIA MELVA GARCIA
EL SECRETARIO
ABG. EDWIN BLANCO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
ABG. EDWIN BLANCO
Causa Nº 2C-6996-05
MMG/EB/Carlos._