REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se decreta la Flagrancia, en relación a la aprehensión del ciudadano JOSE DOMINGO FLORES conforme a lo establecido en el artículo 44.1 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; así mismo, se acuerda proseguir la presente investigación por la vía del procedimiento ordinario; todo ello de conformidad a lo establecido en el artículo 373 ejusdem.
SEGUNDO: Se Acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad al Imputado DANIEL BENJASMIN SEIJAS JARA, de las establecidas en el articulo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en presentaciones periódicas por ante el Destacamento de la Guardia Nacional en la ciudad de Achaguas, a intervalos de quince (15) días entre una y otro, por un lapso de seis (06) meses, para lo cual se acuerda oficiar al mismo a los fines de que le aperturen la ficha de presentación, en tal sentido acoge la solicitud del Representante del Ministerio Público a la cual se adhiere la defensa.
TERCERO: Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalia Segunda del Ministerio Público una vez transcurrido el lapso legal correspondiente, a los fines de que continué con la investigación. Quedan notificadas las partes conforme a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese lo conducente. Siendo las 5:00 horas de la tarde concluye el presente acto. Es todo. Termino se leyó y conforme firman.
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
AB. MARIA MELVA GARCIA