REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN GUASDUALITO.
Causa 1E313-04
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO. Guasdualito, 26 de septiembre de Dos Mil Cinco (2.005)
194° y 146°
Visto escrito presentado ante este despacho por la defensora Pública, Abg. Oscar Parra, en su carácter de defensor del penado BASTIDAS JOSE RICARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.474.436, recluido en el Internado Judicial de Barinas, donde manifiesta que su representado, es acreedor de redención por Pena y estudio en virtud de la desaplicación del artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que solicita se oficie al Internado Judicial a fin de que se efectúen las redenciones de ley y las evaluaciones Psico-sociales, así como las conductuales; este Tribunal acuerda oficiar al Director del Centro Penitenciario de Occidente a fin de se efectúen las posibles redenciones del penado y se remita a este despacho, los recaudos del Penado, como son: 1.- Constancia de Conducta, 2.- Constancia de Progresividad, 3.- Pronunciamiento de la Junta de Conducta, así mismo, se libre lo conducente, para que le sea practicada la Evaluación Psico-social, por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Nº 3, por lo que se ordena igualmente se les oficie.
El Juez de Ejecución,
Dr. Miguel Padilla Bazó.
La Secretaria,
Abg. Indira Vivas.
Seguidamente, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria,
Abg. Indira Vivas.
Causa Nº 1E313-03.-
MPB/IV.-
“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL
LIBERTADOR SIMON BOLÍVAR EN EL MONTE SACRO”