REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN GUASDUALITO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
EXTENSIÓN GUASDUALITO
SECCIÓN DE ADOLESCENTES
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN
Guasdualito, 16 de septiembre de 2005.
195º y 146º
Verificado como ha sido el cumplimiento de lapso establecido en el artículo 448 del código Orgánico Procesal Penal, sin que las partes hayan ejercido Recurso de Apelación, en contra de la decisión dictada en fecha 04-08-05, a través del cual se decreta el cese de la medida de Libertad Asistida dictada en contra del joven sancionado (Se omite la identificación del adolescente por mandato expreso del Articulo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), por el delito de Robo Agravado y Lesiones Menos Graves, y en consecuencia su Libertad Plena tal como se evidencia en Computo que corre inserto al folio ciento siete (107) de la presente causa. Este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito, comprobado el cumplimiento de la medida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Remitir la causa 1E12-04, instruida contra el joven sancionado (Se omite la identificación del adolescente por mandato expreso del Articulo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), al Archivo Judicial de este Circuito y Extensión como causa concluida.-
La juez,
Abg. Maraly K. Olivares R.
La secretaria,
Abg. Karibay Durán E
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en autos.
La secretaria,
Abg. Karibay Durán E.
Causa Nro 1E12-04
MKOR/KDE.-