AUDIENCIA ORAL Y PÚBLICA
En horas de despacho del día de hoy veintinueve (27) de septiembre de 2005, siendo las 20:00 p.m. oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública de las partes en el presente RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoado por el ciudadano PERALTA GARCIA OMAR JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.811.111, hábil en derecho, representado por el abogado en ejercicio OSMEL MIGHUEL ARTAHONA DUARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.643.27, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 61.123 domiciliado en la ciudad de Achaguas del Estado apure. Audiencia fijada de conformidad con lo establecido el artículo 26 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Recurso ejercido en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO ACHAGUAS DEL ESTADO APURE. Se anunció el acto a las puertas del Tribunal en la forma de Ley, y compareció el accionante, ya identificado debidamente asistido por el abogado OSMEL MIGUEL ARTAHONA. Igualmente compareció el SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL del ente demandado, CIUDADANO LUIS ALBERTO PULIDO, titular de la Cédula de Identidad Nª 3.844.733, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nª 27200. Seguidamente se concede un lapso de diez (10) minutos a la parte agraviada a fin de que exprese los respectivos argumentos. Y expuso: se deja constancia que en virtud de que hubo elecciones Municipales, esta acción se intenta en contra de la Alcaldesa Actual, la cual es la ciudadana OLGA CLARISA JIMENEZ DE MONTOYA. Ratificamos el contenido de la demanda, que el trabajador sea reenganchado a su puesto de trabajo con todos los beneficios dejados de percibir, desde su retiro hasta la presente fecha y que el presente recurso sea declarado con lugar. Seguidamente se le concedió el lapso de 10 minutos al Síndico Procurador Municipal, el cual expuso: convengo en que el ciudadano recurrente sea reenganchado a su puesto de trabajo, se le paguen inmediatamente los salarios dejados de percibir, desde el momento de su desincorporación, hasta la presente fecha incluyendo la cesta ticket, solventando de esta manera la situación jurídica infringida. En este estado, el querellante asistido de abogado acepta en todas y cada una de sus partes el convenimiento propuesto por la representación de la parte querellada, y en consecuencia este tribunal la imparte su homologación. Es todo. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez Superior Provisorio:
Dr. Pedro Mujíca Sánchez.
Abogado Osmel Artahona
Asistente del demandante
Omar Peralta
El Demandante
Abogado Luís Alberto Pulido
El Síndico Procurador Municipal
El Secretario,
Andrès Luciano Lara
Exp,Nº 1504
PLMS/ALLB/ccc
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