REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
ACTA DE EJECUCIÓN
COMISIÓN N° 5- 1601.--
En día de hoy, veintiocho de Septiembre del año dos mil cinco, siendo las 9:40 a.m., conforme a lo acordado en el auto de fecha 16-09-2005, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el local comercial ubicado en la Avenida Paseo Libertador entre Calle Páez y Muñoz, local N° 3, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, librada en el Juicio de DESALOJO DE INMUEBLE, seguido por el ciudadano SALVADOR ANTONIO MEJIAS MONSALVE, contra los ciudadanos JAIRO DE JESUS AGUILAR VALLEJO y MAXIMA ELVIRA IGARZA, y practicar la Ejecución de la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 22 de Junio de 2004, de la cual se acompaña copia certificada al Despacho de Comisión. Se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión a la ciudadana MAXIMA ELVIRA IGARZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad, N° 9.591.892, en su condición de parte demandada en este acto. Se encuentra una comisión policial integrada por dos (2) funcionarios. El Tribunal deja constancia que no están presentes ningún funcionario del Comando Regional N° 6 de la Guardia Nacional, ni representante de la Defensoria del Pueblo de esta Circunscripción Judicial no obstante de haber sido requerida su presencia, según oficios, N° 05-796, y 05-797, respectivamente, de fecha 16-09-2005. Presentes en este acto los Abogados en ejercicio HAIZAM TEIFUR CHAROF y JUAN BAUTISTA AGUIRRE NAVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad, N° 8.620.728 y 3.219.228, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 83.844 y 8.049, respectivamente en su condición de Apoderado Judicial de la parte actora, quienes solicitan el derecho de palabra y concedidole como le fue, expusieron; Les solicitamos al Tribunal nos ponga en posesión el local comercial, ubicado en la Avenida Paseo Libertador entre Calle Páez y Muñoz, local N° 3, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, El Tribunal vista la solicitud anterior hecha por los Apoderados Judiciales de la parte actora y por cuanto el local comercial se encuentra ocupado, insta a la notificada para que desocupe voluntariamente el mismo tanto de bienes muebles como de personas. Seguidamente la notificada solicita el derecho de palabra y concedidole como le fue, expuso: Manifiesto que voy a desocupar el local comercial voluntariamente tanto de bienes muebles como de personas. El Tribunal vista la solicitud anterior hecha por los Apoderados Judiciales de la parte actora y la manifestación hecha por la notificada, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pone en posesión del local comercial antes descrito a los Apoderados Judiciales de la parte actora, antes identificados, totalmente desocupado, tanto de bienes muebles como de personas. Seguidamente los Apoderados Judiciales de la parte actora solicitan el derecho de palabra y concedidole como les fue, expusieron: Recibimos conforme el local comercial que en este acto nos entrega y nos pone en posesión este Tribunal. Concluida la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural, siendo las 11:15 a.m.- Termino se leyó y conformes firman.-
La Juez Prov., Dra. Ligia Puerta Valdez. Los Apoderados Judiciales, Dr. Haizam Teifur Charof. Dr. Juan Bautista Aguirre. La notificada-demandada, Maxima Elvira Igarza. La Com. Policial, S/2do Jimmy Aguilar C. I. 12.900.286., Cabo 1ero Sandro Padilla C. I. 12.901.628 El Alguacil, Miguel Ángel Bravo. La Secretaria, Dra. María Milagro Aranguren.-
Com. N° 5-1601.-
Af.-