REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

DECISIÓN

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:


PRIMERO: Se decreta la Libertad sin Restricciones al ciudadano JUAN CARLOS CASTRO ROMAN, conforme a lo establecido en el artículo 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal.


SEGUNDO: Se acuerda proseguir la presente investigación por la vía del procedimiento ordinario; todo ello de conformidad a lo establecido en el artículo 373 ejusdem.

TERCERO: Se declara sin lugar la solicitud del Ministerio Publico, en atención a que se decretare la flagrancia y a que de decretarse la imposición del artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en caución personal, de dos fiadores con capacidad de 100 unidades tributarias.

CUARTO: Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalia Décima del Ministerio Público una vez transcurrido el lapso legal correspondiente, a los fines de que continué con la investigación. Quedan notificadas las partes conforme a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Termino se leyó y conforme firman.

JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

AB. FELIX ALBERTO NAVARRO MILLAN