REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 18 de Abril de 2006
194º y 145º


SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 1C- 6639-05


IMPUTADO: PEREZ FIDIAN OMAR


VICTIMA: CARRASQUEL DELIA MARIA

DELITO: CONTRA LAS PERSONAS

PROCEDENCIA: FISCALIA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO.

Vista la solicitud de la fiscalía Auxiliar Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial Abg. GLADYS AMELIA FLEITAS FLORES solicita de este Tribunal Primero de Control la declaratoria de sobreseimiento en la presente causa, basándose en la prescripción de la acción penal, de conformidad a los artículos 318 ordinal 3°, este Tribunal a los fines de decidir observa:

PRIMERO: La presente causa se inicia mediante Denuncia, de fecha 21 de Julio de 2001, efectuada por la Ciudadana: DILIA MARIA CARRASQUEL, Titular de la cedula de Identidad Numero V-10.657.088, ante la Fiscalia Primera del Ministerio Publico:

“El día domingo, mi marido de nombre FIDIAN OMAR PEREZ, empezó a decirme groserías e insultarme no conforme con eso se quito la correa y empezó a golpearme no tuvo que ver que yo estaba enferma con fiebre y le china yo como pude agarre a mis tres hijos, y me fui para la casa de mi suegra, yo lo que quiero es que ese señor no me moleste mas, que yo voy a mi casa a sacar los corotos y mas nada…” (F.02)
SEGUNDO: En fecha 22-07-99 se le practicó Reconocimiento Medico a la ciudadana DELIA MARIA CARRASQUEL, el cual arrojo el siguiente resultado:

“…Hematoma a nivel del brazo derecho, región hemitorax y pierna (muslo y pie izquierdo)… (F.10)

TERCERO: Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por Fiscal Primero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; verificada como a sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y por otra parte dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 3º Y 323 del Código Orgánico Procesal Penal.

CUARTO: Que efectivamente los hechos se cometieron en fecha 18-07-1999 y hasta la presente fecha han transcurrido: SEIS (06) AÑOS, NUEVE (09) MESES, sin que se hubiere interrumpido la prescripción.

QUINTO: observándose que en el presente caso existe un tiempo mayor al requerido por la ley para que opere la prescripción ordinaria de la acción penal. Así los hechos lo procedente y ajustado a derecho es ACOGER LA SOLICITUD FISCAL Y DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, por EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, dada su prescripción todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, pues la acción penal se ha extinguido.

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-6639-05, seguida en contra el imputado: PEREZ FIDIAN OMAR, por la comisión de uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS, precalificado por el Fiscal del Ministerio Publico como LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto en el articulo 415 del Código Penal, en perjuicio de CARRASQUEL DELIA MARIA, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-

JUEZ PRIMERO DE CONTROL



DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR



LA SECRETARIA


ABG. MARIA GABRIELA FERRER

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.


LA SECRETARIA


ABG. MARIA GABRIELA FERRER




Causa N 1C- 6639-05
WAT/diana