REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 20 de Abril de 2006
194º y 145º


SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 1C- 6673-05

IMPUTADO: SOLORZANO YOVANNYS


VICTIMA: PEREZ FAJARDO NUDYS ANTONIO


DELITO: CONTRA LAS PERSONAS


PROCEDENCIA: FISCALIA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO.

Vista la solicitud de la fiscalía Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial Abg. JOSE GREGORIO MONCAYO RANGEL solicita de este Tribunal Primero de Control la declaratoria de sobreseimiento en la presente causa, basándose en la prescripción de la acción penal, de conformidad a los artículos 318 ordinal 3°, este Tribunal a los fines de decidir observa:

PRIMERO: La presente causa se inicia mediante Denuncia, de fecha 14 de Febrero de 2002, efectuada por el Ciudadano: PEREZ FAJARDO NAUDYS ANTONIO, Titular de la cedula de Identidad Numero V-15.359.440, ante la Fiscalia Quinta del Ministerio Publico, manifestando:

“ A las tres de la tarde del día domingo 10 de febrero del año 2002, iba con mi hermano por la costa del rió y un señor salio reclamándonos de un toro que se pasaba del fundo de nosotros al fundo de el yo le dije a mi hermano dejemos eso así espere que se la pase la pea para reclama, cuando íbamos en el camino nos salieron y me hicieron un tiro que me pego en la mano izquierda, luego me agarran y me traen para la prefectura y de ahí me detuvieron y como estaba botando mucha sangre me mandaron a la Medicatura …” (F.01)

SEGUNDO: Cumplidos los supuestos procesales, para que se haga procedente el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público, representado en este acto por Fiscal Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial; verificada como a sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y por otra parte dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 3º Y 323 del Código Orgánico Procesal Penal.

TERCERO: Que efectivamente los hechos se cometieron en fecha 10-02-2002 y hasta la presente fecha han transcurrido: CUATRO (04) AÑOS, DOS (02) MESES, DIEZ (10) DIAZ, sin que se hubiere interrumpido la prescripción.

CUARTO: observándose que en el presente caso existe un tiempo mayor al requerido por la ley para que opere la prescripción ordinaria de la acción penal. Así los hechos lo procedente y ajustado a derecho es ACOGER LA SOLICITUD FISCAL Y DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, por EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, dada su prescripción todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, pues la acción penal se ha extinguido.
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-6673-05, seguida en contra el imputado: SOLORZANO YOVANNYS, por la presunta comisión del Delito de LESIONES GRAVES, previsto en el articulo 415 del Código Penal, en perjuicio de PEREZ FAJARDO NAUDYS ANT0NIO, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR



EL SECRETARIO

ABG. ANGEL RAMON CAMPO

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.


EL SECRETARIO

ABG. ANGEL RAMON CAMPO



Causa N 1C- 6673-05
WAT/diana