REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

San Fernando de Apure, 04 de Abril de 2.006.
195° y 146°

AUDIENCIA ORAL PARA OIR A LAS PARTES

CAUSA 1E 1052-00
JUEZ DR DAVID OSWALDO BOCANEY
FISCAL 7º DEL MINISTERIO PUBLICO DR CHAMMEL ARANGUREN

DEFENSORA PUBLICA DRA MARIA ELENA DELGADO
IMPUTADA MIREYA MARGARITA GOMEZ

En el día de hoy cuatro (04) de Abril del año dos mil seis (2006), siendo las 11:00 horas de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal a los fines de llevarse a efecto la Audiencia Especial para Oral para verificar el presunto incumplimiento de la alternativa de cumplimiento de Pena en este caso Destacamento de trabajo se ha estimado la misma para garantizar el derecho a al defensa, para oír a la Penada en la causa 1E 1034-00 en razón de la solicitud al Fiscal del Ministerio Publico. Anunciado como fue el acto a las puertas del Tribunal, se verifica la presencia de las partes donde compareció el Ciudadano DR. CHAMMEL ARANGUREN, Fiscal Séptimo del Ministerio Público con competencia en Derechos Fundamentales, la penada Mireya Margarita Gomes, quien informo al Alguacil Eli Figueredo el Guardia de Seguridad del Internado Judicial que se encuentra en el área de celdas de este circuito toda vez que realizo a este tribunal a el traslado de otra penada destacametaria que la misma no pudo ser trasladada por cuanto esta evadida, así como la Defensora Pública DRA. MARIA ELENA DELGADO. Seguidamente el ciudadano Juez, toma la palabra y Expuso; Vista la situación presentada el tribunal estima improcedente la celebración de la audiencia oral pautada para la presente fecha habida cuenta que la misma no podría llevarse a efecto sin la presencia de una de las personas llamadas a presenciarla cual es la penada MIREYA MARGARITA GOMEZ. No obstante ello el Tribunal, sin que se traduzca en materialización de audiencia alguna, aprovechando la presencia del ciudadano Fiscal 7º del Ministerio Publico le insta a opinar al respecto y efectivamente concede la palabra al, DR CHAMMEL ARANGUREN quien expuso: “A razón de lo informado en esta sala por el ciudadano Alguacil esta representación Fiscal solicita al tribunal se libre la correspondiente requisitoria u orden de captura en contra de la penada de autos y en consecuencia le sea revocado de pleno derecho el beneficio de destacamento de trabajo que el fuera acordado en su oportunidad, tal pedimento obedece a que es evidente el incumplimiento de dicha penada de las condiciones que le fueran impuestas para el goce de dicha a formula alternativa de cumplimiento de pena” Es todo. Acto seguido vista la presencia de la defensa quien había sido citada para la audiencia que no tuvo lugar, se estimo prudente igualmente escuchar su opinión y esta expuso: “Opina esta defensa que la solicitud del Ministerio Publico luce exagerada o desproporcionada ya que es conocido por todos nosotros el descontrol, en el traslado de tribunal a este recinto y por el solo dicho de una persona la cual considera que no es la mas idónea para dar información por tal motivo se requiera información del Internado Judicial de su incomparecencia y se fije una nueva audiencia y no se libre la requisitoria solicitada por el Ministerio Publico”Seguidamente el ciudadano Juez manifestó que vista la situación procedió a emitir dictamen por escrito omitiendo la celebración de la audiencia.. Se dan por notificadas a las partes de la decisión del tribunal. . Es todo. Terminó, se leyó y estando conformes firman.
JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN


DR. DAVID OSWALDO BOCANEY

FISCAL SEPTIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO,


DR. CHAMMEL ARANGUREN


LA DEFENSOR PÚBLICO


DR MARIA ELENA DELGADO
LA SECRETARIA,

ABG. ATAMAYCA QUEVEDO

CAUSA N°: 1E-1052-00