REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN GUASDUALITO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE. EXTENSIÓN GUASDUALITO. Guasdualito, 20 de Marzo del 2006.
195° y 147°
Vista la solicitud presentada por ante este Tribunal por el ciudadano PABLO MIRO ORTEGA PABON, en donde solicita que en virtud de que ha cumplido con las condiciones impuestas por este Tribunal al momento de entregarle el vehículo en guarda y custodia; es por lo que solicita la entrega definitiva del vehículo de la siguientes características CLASE AUTOMOVIL; MODELO CIELO BX SINC; TIPO SEDAN; MARCA DAEWOO; AÑO 1999; COLOR BLANCO, SERIAL CARROCERÍA; KLATF19Y1VC289060; SERIAL MOTOR 615MF902433, en virtud de que actualmente las condiciones de uso requieren la reparación completa del motor y de otras reparaciones menores. Este Tribunal para decidir observa: PRIMERO: que en fecha 06-04-2004, este Tribunal dictó decisión en donde acordó la entrega de vehículo en depósito bajo la figura de guarda y custodia; SEGUNDO: Que el artículo 176 del Código Orgánico Procesal, establece la prohibición de reforma de las sentencias o autos dictados por el Tribunal, salvo que sea admisible el recurso de revocación, en el presente caso este mismo Tribunal no puede revocar ni reformar la decisión dictada en fecha 06-04-2004, que se encuentra definitivamente y con fuerza de ley, si las partes no estaban de acuerdo en su oportunidad debieron haber ejercido el recurso apelación para que la instancia Superior (Corte de Apelaciones), revisara esa decisión y la confirmará o revocará la decisión de fecha 06-04-2004, por lo que se declara sin lugar dicha solicitud. Por lo razonamientos antes expuestos es por lo que este Tribunal Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara SIN LUGAR la solicitud de PABLO MIRO ORTEGA PABON de entrega en plena propiedad del vehiculo CLASE AUTOMOVIL; MODELO CIELO BX SINC; TIPO SEDAN; MARCA DAEWOO; AÑO 1999; COLOR BLANCO, SERIAL CARROCERÍA; KLATF19Y1VC289060; SERIAL MOTOR 615MF902433. Notifíquese a las partes.-
LA JUEZ DE CONTROL,

DRA. BETTY YANETH ORTIZ CHACON
LA SECRETARIA,

ABG. YRMA PEREZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA,

ABG. YRMA PEREZ
BYOC/YP/yc.-
Solicitud: 1C64-03