REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN GUASDUALITO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE. EXTENSIÓN GUASDUALITO. Guasdualito, 26 de Abril del 2006.-
196º y 147º
Vista la solicitud de Archivo Judicial presentada en este Tribunal por el Abg. Oscar Parra, Defensor Público Penal del imputado JOSE JARVI GARCES, en la causa signada con el No. 1C2916-04, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES; este Tribunal para decidir observa :
PRIMERO: La defensa expone: En fecha 30-06-2005, ese digno Tribunal otorgó al Ministerio Público un plazo de treinta (30) días a los fines que se pronunciara por unos de los actos de la investigación. Ahora bien, transcurridos como han sido, los mencionados treinta (30) días a los fines que se pronunciara sobre uno de los actos conclusivos de la presente investigación de conformidad con el último aparte del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, sea decretado el Archivo Judicial.
SEGUNDO: Mediante oficio No. 646-06, de fecha 23-03-2006, este Tribunal solicita la causa a la Fiscalía XII del Ministerio Público. En fecha 24-03-2006, mediante oficio No. AP-F12-409-2006, la fiscalía informa al Tribunal que acordó Archivo Fiscal de las actuaciones. Este Tribunal considera que el Ministerio Público ya dictó un acto conclusivo como es el Archivo Fiscal y es por lo que este Tribunal declara SIN LUGAR la solicitud de la defensa. Notifíquese a las partes. Remítase las actuaciones a la Fiscalía XII del Ministerio Público. Líbrese lo conducente.-
LA JUEZ DE CONTROL,
ABG. BETTY YANTH ORTIZ CHACON.
LA SECRETARIA,
Abg. KARIBAY DURAN
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
LA SECRETARIA,
Abg. KARIBAY DURAN
BYOC/KD/yc.-
Causa 1C2916-04