REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure

ACTA DE EJECUCIÓN
COMISIÓN N° 06-1805.-

En día de hoy, diez de abril del año dos mil seis, siendo las 10:45 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el inmueble constituido por dos (02) locales comerciales, ubicado en la Calle Madariaga N° 07, de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y practicar la Ejecución Forzada de la Sentencia, dictada por ese Juzgado en fecha 10 de noviembre de 2005 y confirmada por el Juzgado Superior Civil, de esta Circunscripción Judicial en fecha 17 de enero de 2006, de la cual se anexa copias fotostáticas certificada de dicha Sentencia, dictada en el juicio de DESALOJO DE INMUEBLE URBANO, instaurado por la ciudadana MARIA SILVANA SALAZAR, contra el ciudadano ERNESTO JOSE MACHADO INFANTE. En este estado el Tribunal deja expresa constancia que el inmueble donde se encuentra constituido está totalmente abierta una de las puertas principales que dan acceso al mismo, y una vez constituido el Tribunal Ejecutor dentro del inmueble objeto de la presente Ejecución, constato que se encuentra totalmente desocupado tanto de bienes muebles como de personas, es todo. Se encuentra una comisión policial integrada por dos (02) funcionarios, Presente el Abogado en Ejercicio JUAN CORDOBA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 8.150.033, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 20.868, en su condición de Apoderado Judicial de la parte actora. El Tribunal no teniendo ninguna otra diligencia que hacer, da por terminado el acto y acuerda devolver el presente Despacho de Comisión al Tribunal de la Causa y ordena el regreso a su sede natural, siendo las 11:30 a.m.- Termino se leyó y conformes firman.-La Juez Prov. Dra. Ligia Puerta Valdez. El Apoderado Judicial. Dr. Juan Cordoba. Los funcionarios policiales, C/1ero Sandro Padilla. C.I.12.901.628. Sarg. 2do. Moisés Lavado. C.I. 12.551.571. El Alguacil Temp.; Francisco Orozco, La Secretaria: Dra. María Milagro Aranguren;

Com. N° 6-1805.-
Af.-