REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure 01 de Agosto de 2006
195º y 146º

SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 1C-8469-06
IMPUTADO: POR IDENTIFICAR
VICTIMA: ROSALINDO TORREYES PULIDO
DELITO: CONTRA LA PROPIEDAD
PROCEDENCIA: FISCALIA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO

Vista la presente causa se observa que la misma se inicia en fecha 24-01-00 en virtud de denuncia formulada por el ciudadano ROSALINDO TORREYES PULIDO por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub Delegación del Estado Apure, quien en esa oportunidad expuso lo siguiente: “vengo por ante este Despacho, a denunciar que hace como una hora yo salí del Banco de Venezuela, de cobrar unos reales los cuales eran dos millones setecientos mil bolívares, …”

En fecha 06-06-00, la Fiscalía Primera del Ministerio Público emite Auto de inicio de Investigación por la presunta comisión de uno de los delitos Contra la Propiedad, procediendo entonces a realizar las entrevistas correspondientes a los fines de extraer datos valiosos para la investigación.

Posteriormente en fecha 13 de Julio de 2006, este Tribunal Primero de Control recibe Solicitud de Sobreseimiento presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Publico, basando los argumentos de su solicitud en los supuestos establecidos en el Artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.

Estudiados los supuestos procesales para que proceda el Sobreseimiento solicitado por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Publico; verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 4º Y 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal observa: por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que efectivamente han transcurrido: SEIS (06) AÑOS, SEIS (06) MESES y OCHO (08) DÍAS, de la presunta comisión del delito investigado, es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL

DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-8469-06, seguida en contra de PERSONA POR IDENTIFICAR por la presunta comisión de uno de los Delitos CONTRA LA PROPIEDAD en perjuicio de ROSALINDO TORREYES PULIDO conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente.

Cúmplase.-

LA JUEZA PRIMERO DE CONTROL


DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR

EL SECRETARIO

ABG. ANGEL RAMON CAMPO


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO

ABG. ANGEL RAMON CAMPO



Causa N° 1C-8469-06
WAT/AC/DB