REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Fernando de Apure, 14 de Agosto de 2006.
NUEVO COMPUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA
CAUSA: 1E-1315-05
JUEZ: DR. DAVID OSWALDO BACANEY
FISCAL: ABG. CHAMMEL ARANGUREN
DEFENSORA: MARIA ELENA DELGADO
PENADO: JOSE ALEXANDER LOPEZ GUEDEZ
SECRETARIO: ABG. TAIBETH CASTELLANO.
Revisada como fue, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, la Sentencia emitida en fecha 20-09-2004, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en contra del ciudadano Penado: JOSE ALEXANDER LOPEZ GUEDEZ, titular de la cédula de identidad N° 18.147.576; siendo condenado a cumplir la pena de Veinte (20) años de Presidio, y definitivamente firme como ha quedado el fallo dictado por la referida Corte en fecha 03-08-2006, mediante la cual acuerda: MODIFICAR LA ESPECIE DE LA PENA, del mencionado ciudadano, quien deberá cumplir Veinte (20) años de Prisión, de la misma manera, deberá cumplir con las penas accesorias que le corresponden de conformidad con el cambio de especie de la pena, es decir, las contempladas en el articulo 16 de la Ley de Reforma Parcial del Código Penal, por ser esta la mas favorable, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 numeral 2 del parcialmente reformado Código Penal, ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del articulo 470, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de actualizar el computo al referido penado, y así pueda optar a algunas de las formulas alternativas de cumplimiento de pena, en consecuencia este Tribunal en virtud de que el último computo que se realizó al referido penado fue en fecha 19-07-2005, corriente al folio doscientos siete (207), estima ajustado a derecho tal pedimento acuerda realizar nuevo computo.
Pena Impuesta: VEINTE (20) AÑOS DE PRISIÓN
Tiempo Detenido: desde 27-07-2004 hasta la presente fecha
Tiempo cumplido: Dos (02) Años, diecinueve (19) días
Tiempo por Cumplir: diecisiete (17) años, once (11) meses y dieciocho (18) días.
BENEFICIO: Por cuanto en sentencia emitida el 08 de Abril del 2005, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, decidió SUSPENDER la aplicación del articulo 493 del Código Orgánico Procesal Penal y ORDENA se aplique en forma estricta la disposición contenida en el articulo 501 ejusdem. En consecuencia en el presente caso le procede el Beneficio de Destacamento de trabajo: ¼ de la pena: cinco (05) años, en fecha 27-07-2009, falta por cumplir: tres (03) años, tres (03) meses y Veintiséis (26) días; Régimen Abierto: 1/3 de la pena: seis (06) años, Ocho (08) meses, en fecha 27-03-2011, falta por cumplir cuatro (04) años, Once (11) meses y veintiséis (26) días; Libertad Condicional 2/3 de la pena: trece (13) años, cuatro (04) meses, en fecha 27-11-2017, falta por cumplir, once (11) años, siete (07) meses, veintiséis (26), el Confinamiento ¾ de la pena: Quince (15), en fecha 27-07-2019, falta por cumplir trece (13) años, tres (03) meses, veintiséis (26) días, y cumple la totalidad de la pena el: 27-07-2024; todo de conformidad con lo establecido en el articulo 501 del código Orgánico Procesal Penal. Diarícese, publíquese, Notifíquese del presente cómputo al Fiscal del Ministerio Publico, al penado y a su defensor y practíquese las demás diligencias correspondientes. Librese Boleta de Traslado.
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN
DR. DAVID OSWALDO BOCANEY
LA SECRETARIA,
ABG. TAIBETH CASTELLANO
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABG. TAIBETH CASTELLANO
Causa N° 1E-1315-05
DOB/TC/liz.-