REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DE ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SALA DE JUICIO No. 02, SAN FERNANDO DE APURE, (11) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SEIS (2006).-
196° Y 147°
Visto el pedimento suscrito por el ciudadano: JORGE LUIS LEÓN MARTÍNEZ, debidamente asistido por el Abg. MARÍA CONCHITA SILVA CARRILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 108.421, de fecha 09-08-06, y definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha (02) de Agosto del año (2.006) donde se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos: MERJOIRE ELIANA VELAZQUEZ y JORGE LUIS LEÓN MARTINEZ, mayores de edad, casados, titulares de la Cédula de Identidad N° V-8.046.241 y V-7.048.359, se ordena su ejecución.- En consecuencia el Tribunal acuerda expedir copias certificadas y junto con oficios remítase a las Autoridades Civiles competentes fines que estampe nota marginal respectiva.- Igualmente expídase copias certificadas de la Sentencia.- Cúmplase.-
El Juez Prov.,
Dr. CASTOR JOSE UVIEDO.-
El Secretario
Abg. RAMON RIVAS LORETO
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en autos.-
El Secretario
Abg. RAMON RIVAS LORETO
Exp. N° 13.602.-
CJU/RRL/dayan.-
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