REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE
LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO, ONCE (11) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SEIS (2.006).-

195° y 147°


Vista la anterior solicitud de Autorización Judicial para cobro de Beneficios Sociales, formulada ante este Tribunal en fecha 25-07-06, por la ciudadana AURA NILLI JUAREZ, actuando en este acto en nombre y representación del niño SAMMY JOEL ALVAREZ JUAREZ, debidamente asistida por la Abogada CARMEN ZAPATA SEGOVIA, en su condición de Defensora Pública Primera en el Sistema de Protección, exponiendo:

“Es el caso ciudadano Juez, que en fecha 15 de Abril del año 2006, falleció Ad- Instestado en esta ciudad de San Fernando de Apure, el ciudadano SAMMY JOEL ALVAREZ FUENTES, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.198.638, quien tenia su domicilio en la Urbanización El Merecure, Calle 19- 14 del Municipio Biruaca del Estado Apure, tal como se evidencia de Acta de defunción N° 332, de los libros de Registro de Defunción, que lleva la Prefectura de esta ciudad de San Fernando del Estado Apure del año 2006; la cual se encuentra anexa a la Declaración de Herederos que anexo a la presente solicitud, y quien era el padre del niño SAMMY JOEL ALVAREZ JUAREZ de cinco (05) años de edad..-

Por todo lo anteriormente expuesto y demostrado como ha sido la filiación existente entre el mencionado niño SAMMY JOEL ALVAREZ JUAREZ y el De Cujus SAMMY JOEL ALVAREZ FUENTES, tal como se evidencia en el folio 08 de los autos y por cuanto se considera beneficioso al Interés Superior del Niño, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la ciudadana AURA NILLI JUAREZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 10.616.271, para que en su condición de madre y representante legal del niño SAMMY JOEL ALVAREZ JUAREZ, GESTIONE por ante todos los organismos competentes, el cobro de los Beneficios Sociales que puedan corresponderles por motivo del fallecimiento de su esposo y padre SAMMY JOEL ALVAREZ FUENTES, quién fuera titular de la Cédula de Identidad N° 8.198.638.- Igualmente queda AUTORIZADO para retirar los cheques a nombre de este Tribunal en dichos organismos.- Advirtiéndosele que los beneficios deben ser cancelados en cheque de GERENCIA a nombre de este Tribunal y consignarlo para su debida administración por ser bienes de adolescente.- Y así se Decide.- Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 267 del Código Civil Vigente.- Expídase por Secretaría copia certificada de la presente Decisión y entréguese a la interesada.- Devuélvanse los documentos originales previa certificación de los mismos en autos.-.

La Juez Titular,

Dra. MARGARITA CASTILLO.- El Secretario,

Abg. ERNESTO LUIS BOCANEY .

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en auto.-


El Secretario,

Abg. ERNESTO LUIS BOCANEY .

Exp. N° 627
Nerys.-