REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
Juzgado del Municipio San Fernando
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando de Apure, 04 de Agosto de 2.006
196° y 147°
EXPEDIENTE N°: 2.001-2510
DEMANDANTE: ABG. NABOR JESUS LANZ CALDERON, Apoderado Judicial de la
ciudadana CRISALIDA MARTINEZ.
DEMANDADO: CONSEJO LEGISLATIVO REGIONAL DEL ESTADO APURE.
JUICIO: TRABAJO (PRESTACIONES
SOCIALES).
Por recibido y visto el escrito de CONVENIMIENTO cursante a los folios DOSCIENTOS DOS (202) al DOSCIENTOS CUATRO (204) y sus Anexos, celebrado entre las partes en el presente juicio, Abogado NABOR JESUS LANZ CALDERON, Apoderado Judicial de la ciudadana CRISALIDA MARTINEZ, parte demandante, y CONSEJO LEGISLATIVO REGIONAL DEL ESTADO APURE, representado en este acto por el ciudadano EGAR HUMBERTO FUENTES, Presidente de dicho organismo según consta en Gaceta Oficial del Estado Apure Número C.L. 001- Ordinaria, de fecha 05 de Enero de año 2006, parte demandada, asistido por la Abogada MARIA ALEJANDRA ARACAS; désele entrada y admítase cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, y tal como es solicitado por las partes en el escrito del Convenimiento en su cláusula NOVENA, ordena HOMOLOGAR dicho CONVENIMIENTO, dándosele el carácter de cosa juzgada con autoridad de sentencia pasada y se da por terminado el presente juicio.
La Juez,
Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
La Secretaria,
Abg. LUZ MARINA SILVA PEREZ.
En esta misma fecha se publicó, registró la anterior Sentencia, y quedó anotada en el punto N°. , al folio ,del Libro Diario.
La Secretaria,
Abg. LUZ MARINA SILVA PEREZ.
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