REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
De la Circunscripción Judicial del Estado Apure
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ACTA DE EJECUCIÓN

COMISIÓN N° 6-1863.



En el día de hoy, diez (10) de Agosto de dos mil seis, siendo las 9:10 a.m., conforme a lo acordado en el auto anterior, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en un lote de terreno, ubicado en la Avenida Intercomunal San Fernando-Biruaca, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, librada en el Juicio de EJECUCION DE HIPOTECA, seguido por la ciudadana: ANA AURISMAR ARCILA DE SANZ, contra los ciudadanos: RICARDO FADUS Y NADIA YARJOURA DE FADEOUS, para ejecutar el Embargo Ejecutivo decretado por el comitente. El Tribunal deja expresa constancia en este estado, que el lote de terreno donde encuentra constituido no hay persona alguna a quien notificarle de la misión del Tribunal. Se encuentra una comisión Policial, integrada por seis (06) Funcionarios, así mismo deja constancia que no se encuentra presente ningún Funcionario de la Guardia Nacional del Comando Regional N° 6, no obstante de haber sido requerida su presencia, según oficio N° 06-525, de fecha 25-07-2006. Presente la Abogado en ejercicio CARMEN JOSEFINA MOTA TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.877.183, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.021, en su condición de Apoderada Judicial de la parte actora quien solicita el derecho de palabra y concedídole como le fue, expuso: Señalo para Embargar Ejecutivamente el lote de terreno objeto de Ejecución de Hipoteca de treinta y tres mil quinientos noventa y ocho metros cuadrados con sesenta y ocho centímetros (33.598,68 M2) y la bienhechurias, edificaciones y mejoras sobre el construidas, el cual se encuentra ubicado en la Avenida Intercomunal San Fernando-Biruaca, Jurisdicción del Municipio Biruaca del Estado Apure, comprendido dentro de los siguiente linderos y medidas generales: NORTE: Carretera San Fernando Biruaca, Intercomunal en ciento setenta metros (170 Mts); SUR: Terrenos Municipales, en ciento cuarenta y seis metros (146 Mts.); ESTE: Terrenos de la Corporación de Desarrollo de la Región Los Llanos (Corpollanos) en doscientos cincuenta y tres metros con cincuenta centímetros (253,50 Mts.) y OESTE: Terrenos que es o fue de ISABEL VELASQUEZ en doscientos cincuenta y tres metros con cincuenta centímetros (253,50 Mts.), siendo sus linderos y medidas especificas los linderos: NORTE: Carretera San Fernando-Biruaca, en noventa metros (90 Mts.) y con Estación de Servicio “Los Centauros”, en ochenta metros (80 Mts.); SUR: Terrenos Municipales, en ciento cuarenta y seis metro (146 Mts.); ESTE: Terrenos de la Corporación de Desarrollo de la Región Los Llanos (Corpollanos) en ciento setenta y tres metros con cincuenta centímetros (173,50 Mts.) y Estación de Servicio “Los Centauro”, en ochenta metros (80 Mts.) y OESTE: Terreno que es o fue de ISABEL VELASQUEZ, en doscientos cincuenta y tres metros con cincuenta centímetros, el cual se encuentra Registrado por ante la Oficina Subalterna del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 19 de Agosto del año 1993, bajo el N° 43 folio 174 al folio 180, Protocolo Primero, Tomo Tercero, Tercer Trimestre del año 1993, así mismo solicito se designe como Depositario Judicial al ciudadano LUIS HUMBERTO SANZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.161.646, es todo. En este estado hace acto de presencia el Abogado en ejercicio OSCAR SIMON ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.361.744, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.692, en su condición de Apoderado Judicial de la parte demandada quien fue notificado de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de comisión, quien solicita el derecho de palabra y concedídole como le fue, expuso: De conformidad con lo establecido en el Código Civil, solicito al Tribunal de causa se sirva fijar el monto del canon de Arrendamiento, que deberá cancelar mi representado para continuar ocupando el inmueble donde esta constituido este Tribunal, es todo. El Tribunal visto el señalamiento anterior hecho por la Apoderada Judicial de la parte actora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Formalmente Embargado Ejecutivamente el lote de terreno antes descrito y la bienhechurias, edificaciones y mejoras sobre el construidas y declara la desposesión Jurídica del mismo; así mismo procede a designar como Depositario Judicial al ciudadano LUIS, HUMBERTO SANZ, antes identificado, quien estando presente acepta el cargo y jura cumplir bien y fielmente con los deberes y derechos inherentes al mismo. Presente en este acto el Depositario Judicial designado, el Tribunal procede a hacerle la entrega del lote del terreno y las bienhechurias, edificaciones y mejoras sobre el construidas antes descritos y Embargados Ejecutivamente en este acto, quien manifiesta que lo recibe conforme y mantenerlo a la orden del Tribunal de la causa, es todo. Concluida la misión del Tribunal da por terminado el acto, y acuerda remitir el presente Despacho de comisión con todas sus actuaciones al Tribunal de la causa y acuerda el regreso a su sede natural siendo las 10:40 a.m.- Terminó, se leyó y conformes firman. La Juez Temp. Dra. Belkis Delgado Prieto. La Apoderada Judicial Dra. Carmen Mota. El Notificado- Apoderado Judicial parte Demandada. Dr. Oscar Espinoza. El Depositario Judicial, Luis Humberto Sanz. El Jefe de la Comisión Policial, S/2 Jimi Aguilar. C.I. 12.900.286. El Alguacil Temp, Christtian José Marquez. La Secretaria Dra. María Milagro Aranguren.-





Com. N° 6-1863.-
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