REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
De la Circunscripción Judicial del Estado Apure
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ACTA DE EJECUCIÓN

COMISIÓN N° 6-1846.



En el día de hoy, Dos (02) de Agosto de dos mil seis (2006), siendo las (10:50 a.m.) Diez y cincuenta de la mañana, previamente habilitado como se encuentra el tiempo necesario, se trasladó y constituyó este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en un inmueble (Rancho) ubicado en la calle Río Arauca del Barrio Jaime Lusinchi, constante de un lote de terreno de ciento sesenta y dos metros cuadrados, alinderados de la siguiente manera: Norte: Milagros Carrasquel (16,70 Mts); Sur: Canal con cinco metros de retiro (22,40 Mts.); Este: Calle Río Arauca (13,10 Mts.) y Oeste: Canal con cinco metros de retiro, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, y practicar la Ejecución Forzosa, ordenada por el comitente de la Sentencia definitivamente firme dictada por el comitente, en el Juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, seguido por la ciudadana YOLIMAR DEL VALLE JUAREZ BOHORQUEZ, contra el ciudadano JOSE GREGORIO HERNANDEZ DELGADO. Se notificó de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión al ciudadano JOSE GREGORIO HERNANDEZ DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.902.310, en su carácter de parte demandada. Presente una comisión Policial integrada por ocho (08) Funcionarios y una de la Guardia Nacional integrada por dos (2) Funcionarios.- Presente la ciudadana YAMILET LARA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.876.504 actuando con el carácter de Consejera de Protección del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio San Fernando, Estado Apure. Se encuentra presente la ciudadana Marisela Mitilo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.870.645, actuando en su condición de Visitadora Social de la Secretaría del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, se notificó igualmente a la ciudadana: ELISA LILIBETH MORA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 15.681.552, de la misión de este Tribunal, en su condición de esposa de la parte demandada, se deja expresa constancia que no se encuentra presente en este acto ningún Representante de la Defensoría del Pueblo, no obstante haber sido notificados, mediante oficio N° 06-447 de fecha 28-06-2006. Se encuentra presente el Abogado Víctor Altuna García, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 8.187.563, inscrito en el Inpreabogado N° 39.118, en su condición de Apoderado Judicial de la parte actora, quien solicitó el derecho de palabra y concedídole que le fue la misma por este Tribunal expuso: “Señalo en este acto a este Tribunal el inmueble constituido por un rancho y que se encuentra ubicado bajo los linderos indicados en el auto de Ejecución Forzosa a fin de que se ejecute la Sentencia Definitivamente firme dictada en fecha 01-02-2006, donde se ordena la entrega material de dicho inmueble a mi poderdante ciudadana YOLIMAR DEL VALLE JUAREZ BOHORQUEZ, es todo. El Tribunal deja expresa constancia que instó a la parte demandada para que desocupara voluntariamente el rancho que se encuentra dentro del lote de terreno objeto de la ejecución Forzosa y sus enceres y visto que el mismo manifestó que no desocuparía voluntariamente dicho rancho este Tribunal hizo uso de la fuerza pública y procedió a darle cumplimiento a dicha ejecución. De seguidas solicitó el derecho de palabra el Apoderado Judicial de la Parte Actora y concedídole que le fue la misma por este Tribunal expuso: “Solicito que se designe como Depositario Judicial de los bienes muebles y enceres por cuanto la Ejecución se está haciendo de manera forzosa a los fines de resguardar los mismos, al ciudadano ANTONIO JOSE RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.528.164, es todo. Seguidamente este Tribunal visto el pedimento hecho por el Apoderado Judicial de la Parte Actora procedió a designar como Depositario Judicial al ciudadano ANTONIO JOSE RAMOS, anteriormente identificado y quien estando presente aceptó el cargo y juró cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al cargo para el cual ha sido designado. Seguidamente este Tribunal visto el señalamiento hecho por el Apoderado Judicial de la Parte Actora Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Formalmente la Ejecución Forzosa de la Sentencia debidamente Ejecutada en este Acto y le hace la entrega formal al Abogado Víctor Altuna García Apoderado Judicial de la Parte Actora del Lote de Terreno debidamente descrito en el Despacho de Comisión y de los linderos y medidas que aparecen mencionados en dicho Despacho de Comisión.- De seguidos el Apoderado Judicial de la parte Actora manifestó recibir conforme el lote de terreno identificado en autos y objeto de la Ejecución Forzosa de la Sentencia dictada por el Tribunal de la Causa.- El Tribunal deja expresa constancia que la ciudadana ELISA LILIBETH MORA CASTILLO notificada anteriormente manifestó que retiraría voluntariamente los bienes muebles y enceres de su pertenencia en este mismo momento. Se deja sin efecto la designación del Depositario Judicial por este Tribunal debido a que la Notificada retiró todos sus enceres y pertenencias y no habiendo otra diligencia que practicar, este Tribunal dio por terminado el acto y acordó remitir el presente Despacho de Comisión con todas sus actuaciones al Tribunal de la Causa y ordenó el regreso a su sede de origen siendo las 12:35 p.m. Terminó se leyó y conformes firman. La Juez Temporal Dra. Belkis Delgado Prieto. El Apoderado Judicial de la Parte Actora. Dr. Victor Altuna García. Los notificados y demandados. José Gregorio Hernández Delgado, Mora Elsa Lilibeth y Elisa Lilibeth Mora Castillo. El Jefe de la Comisión Policial Insp. Orlando Blanco, C.I. 12.582.644. El Jefe de la Comisión de la Guardia Nacional. Cabo 1ro. (GN) Bravo Ángel Manuel C.I. N° 8.995.400. El Alguacil Temporal Christtian José Marquez Soto, El Secretario Accidental Roso B. Marín M.




Com. 6-1846.
RC.