REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

En el día de hoy, catorce (14) de Diciembre del dos mil seis, siendo las 02:30 horas de la tarde, oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar el acto de constitución del Tribunal Mixto que ha de conocer la causa N° 1M-337-06, llevada por este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, seguida contra de REILAN DUVINIZ FLORES REBOLLEDO, NESTOR GERARDO OVIEDO GARCIA, DANNY ALBERTO MARTINEZ Y JEAN CARLOS OJEDA, por el delito de Homicidio Simple en Grado de Complicidad Correspectiva, Seguidamente la ciudadana Juez declara abierta la audiencia, compareciendo previas notificaciones los ciudadanos: OLIVERO DE CARRILLO LEIDEN NOEMI, Y HERNANDEZ BOLIVAR BRUMELYS DE LA CARIDAD, la Fiscal Primero, del Ministerio Publico, mas no así la defensa. Acto seguido el ciudadano Juez impuso a los presentes del motivo de su comparecencia. Solicito del Alguacil de sala las cédulas de identidad de los Escabinos para sus plenas identificaciones. El Juez solicita al secretario de sala la lectura de las causales de inhibición, recusación o excusa, establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, e interrogo a cada uno de los Escabinos referente a si tienen inconveniente para constituirse como Escabinos, a lo que manifestaron cada uno de ellos por separados no tener impedimento o excusa para fungir como Escabinos. En consecuencia queda constituido el Tribunal de la siguiente manera: CARRILLO LEIDEN NOEMI, (titular 01) Y HERNANDEZ BOLIVAR BRUMELYS DE LA CARIDAD (titular 02). Una vez constituido el Tribunal Mixto, el juez hace la observación en el sentido que por cuanto tribunal cuenta con una sola sala de Juicio, y en virtud del calendario de juicios previamente fijados por este despacho, se fija la fecha para el día 05 de Diciembre de 2006 a las 09:30 horas de la mañana, la celebración del Juicio Oral y Público en la presente causa. Notifíquese a las partes. Cítese a testigos y expertos. Realícese todo cuanto sea necesario para la celebración del Juicio. Quedan notificados los Escabinos. Siendo las once horas de la mañana se dio por concluido el acto. Termino, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO
ABG. SERVIO TULIO HERNANDEZ U.

LOS ESCABINOS

CARRILLO LEIDEN NOEMI, (titular 01)


HERNANDEZ BOLIVAR BRUMELYS DE LA CARIDAD (titular 02).



ALGUACIL DE SALA

RICARDO PEREZ
LA FISCAL PRIMERO

DRA. CARMEN PADRON




EL SECRETARIO

ABG. EDWIN BLANCO

Causa: 1M-337-06
STHU/EB..-