REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
EXTENSIÓN GUASDUALITO

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

Guasdualito, 06 de diciembre de 2.006
196° y 147°
CAUSA N° 1E343/05.-

COMPUTO DE EJECUCIÓN DE LA PENA

Visto lo ordenado en el auto anterior y procediendo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal procede a efectuar el cómputo de la pena del Penado: PEDRO PABLO TORRES GARRIDO, venezolano, mayor de edad, con Cédula de Identidad No. V-19.463.229, condenado por el delito de: DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y OCULTAMIENTO DE ARMAS, previstos y sancionados en los artículos 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y 277 del Código Penal, por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial, en Recurso de Revisión, de fecha 17 de enero de 2.006.

PENA IMPUESTA: Cinco (05) años de prisión, mas accesorias.
DETENIDO DESDE: El 15 de julio de 2.005.
PENA CUMPLIDA: Un (01) años, ocho (08) meses, veintiún (21) días y doce (12) horas, tomando en consideración la redención de 04 mes y 12 horas de fecha 06-12-2.006.
PENA POR CUMPLIR: Tres (03) años, tres (03) meses, ocho (08) días y doce (12) horas.
FECHA EN QUE CUMPLE LA PENA: 14 de marzo de 2.010, a las 12 m.
FECHA EN QUE CUMPLE EL TIEMPO NECESARIO PARA LA PROCEDENCIA DE BENEFICIOS.
DESTACAMENTO DE TRABAJO: 15 de junio de 2.006, a las 12 m.
REGIMEN ABIERTO: 15 de noviembre 2.006, a las 12 m.
LIBERTAD CONDICIONAL: 15 de julio de 2.008, a las 12 m.
CONFINAMIENTO: 15 de diciembre de 2.008, a las 12 m
PENAS ACCESORIAS: La inhabilitación Política culmina el día que cumple la pena principal y la Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad, por 1/5 parte de la Pena impuesta, termina en fecha 14 de marzo de 2011, a las 12 m.

Notifíquese del presente cómputo al Ministerio Público, al penado y su defensor, para que en el lapso de cinco (05) días hábiles, concurran al Tribunal a solicitar cualquier modificación.
La Juez de Ejecución,


Dra. Nelly Mildret Ruiz.-
La Secretaria,


Abg. Carmen Pierina Loggiodice.-

NMR/CPL/dajch.-