LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:



JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO APURE.-

Vista la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: Hernan Argenis Collins Fernandez e Hilda Josefina Delgado, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-3.768.649 y V-4.669.214, ambos de este domicilio, y asistidos de abogado, basados en el Artículo l85-A del Código Civil. Por cuanto no es contraria a derecho, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y por cuanto el Fiscal del Ministerio Público no objetó dicha solicitud, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara Con Lugar la presente acción de Divorcio, en consecuencia, disuelto por Divorcio el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges: Hernan Argenis Collins Fernandez e Hilda Josefina Delgado, el cual contrajeron por ante la Alcaldía del Municipio Biruaca del Estado Apure, en fecha 09 de Agosto de 1.988.- Según consta del Acta de Matrimonio N° 96 acompañada. Y así se decide.-
Liquídese la comunidad conyugal.-
Publíquese, regístrese y cópiese.-
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los Trece (13) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Seis (2.006). Año 195° de la Independencia y 147° de la Federación.-
El Juez Temporal,

Abg. Pedro O. Solórzano R.- El Secretario Acc.,

Carlos Vertilio Villanueva.-

Conforme lo ordenado se registro y publico sentencia siendo las 09:12 a.m.-
El Secretario Acc.,

Carlos Vertilio Villanueva.-
ACHZ/Issele.-
Exp. N° 14.888