LA REPUBLICA BOLIARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.
San Fernando de Apure, 08 de Diciembre del 2.006.-
196° y 146°
En fecha 24 de Octubre del 2.005 el ciudadano SERGIO RAFAEL MIRABAL, venezolano, mayor de edad, soltero, sin cedula de identidad. Domiciliado en San Fernando, Estado Apure, asistido por la abogada en ejercicio LISSET SUAREZ ARTILES, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 75.205, instauró demanda de ACCI0N DE INSERCION DE ACTA DE NACIMIENTO a su favor señalando que nació en el Municipio San Fernando, del Estado Apure, el día 10 de Agosto de 1977, y que es hijo de la ciudadana LUISA MERCEDES MIRABAL, quien es venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en la ciudad de San Fernando, Estado Apure. Que desde la fecha de su nacimiento hasta la fecha adulta tuvo como residencia en la Parroquia El Recreo, Municipio San Fernando, del Estado Apure, hasta la actualidad. Que no aparece inserta la partida de nacimiento por ante El Registro Principal del Estado Apure, según anexo marcado con la letra “A”, constancia original emitida por la referida oficina, expedida en fecha 20 de Septiembre de 2005. Igualmente presentó marcado con la letra “B” original de constancia certificada por la Jefatura Civil El Recreo del Municipio San Fernando, del Estado Apure, donde se hace constar que en los libros de registro que reposan es ese Despacho durante el año 1977, NO APARECE INSERTA LA PARTIDA DE NACIMIENTO DE: SERGIO RAFAEL MIRABAL. Así mismo se libro el correspondiente Edicto y en la oportunidad para que compareciera cualquier persona, se dejo constancia de de que no compareció ninguna persona; la abogada Lisset Suárez Artiles en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, en la oportunidad de para promover pruebas, promovió los testimoniales de las ciudadanas LUISA MERCEDES MIRABAL y MEILYS ARASCELIS ESPINOSA CORONA, madre y concubina, respectivamente, evacuados en fecha en fecha 22 de Noviembre de 2.006, donde se dejo constancia que el solicitante nació en la fecha y lugar antes nombrado, y que es hijo de LUISA MERCEDES MIRABAL, que además la concubina antes nombrada ratificó que la ciudadana LUISA MERCEDES MIRABAL es madre de SERGIO RAFAEL MIRABAL y por consiguiente su suegra.
Cumplidas todas las actuaciones procesales, y estando la causa en estado de dictar sentencia, se observa:
PRIMERO:
En este proceso se ha cumplido a cabalidad todos los requisitos, y tramites procedímentales que contempla la Ley para este tipo de proceso.
SEGUNDO:
Analizadas las pruebas documentales traídas a los autos, consta que es una declaración certificada que presenta el solicitante ante la Jefatura Civil de la Parroquia El Recreo del Municipio San Fernando, del Estado Apure, se evidencia plenamente que la Partida de Nacimiento del referido ciudadano, no aparece asentada en los libros, y consta por ante el Registro Principal del Estado Apure que en los libros llevados por la referida Jefatura Civil durante el año 1977, NO aparece inserta la partida de nacimiento del ciudadano SERGIO RAFEL MIRABAL, y cumplido con todos los documentos exigidos por la representación fiscal; a los efectos de la aplicación del articulo 506 del Código Civil.
Por todos los razonamientos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la presente acción y en consecuencia, se ordena LA INSERCION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO a favor del ciudadano: SERGIO RAFEL MIRABAL, quien nació el día 10 de Agosto de 1.977 en la ciudad de San Fernando, del Estado Apure, y que es hijo de LUISA MERCEDES MIRABAL. Remítase copia certificada de la presente sentencia a la Jefatura Civil de la Parroquia El Recreo, del Municipio San Fernando del Estado Apure, a los fines de que se ordene LA INSERCION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano antes mencionado, en los libros respectivos.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los ocho días (08) del mes de Diciembre del año Dos Mil Seis (2006). Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez Temp.
DR. PEDRO OMAR SOLORZANO.
EL Secretario acc.
CARLOS VILLANUEVA.
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