REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado del Municipio San Fernando
de la Circunscripción Judicial del Estado Apure
San Fernando de Apure, 07 de Diciembre de 2.006.
196° y 147°
EXPEDIENTE: N° 6-4.071
DEMANDANTE: MARGORY YANISLEY PAEZ F.,
asistido por el Abogado HECTOR ESPINOZA RANGEL.
DEMANDADO: RAFAEL GREGORIO INFANTE
RIVAS.
JUICIO: DESALOJO DE INMUEBLE
Por recibido y visto el escrito que antecede, suscrito entre las partes: Ciudadana MARGORY YANISLEY PAEZ FLORES, asistido por el Abogado HECTOR R. ESPINOZA RANGEL (parte demandante), y el ciudadano RAFAEL GREGORIO INFANTE RIVAS (parte demandada), mediante el cual celebran CONVENIMIENTO, entre ambas en el presente procedimiento, désele entrada y admítase cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, este Tribunal ordena HOMOLOGAR dicho CONVENIMIENTO de conformidad con las disposiciones del Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dándosele el carácter de cosa juzgada con autoridad de sentencia pasada, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente respectivo.
La Juez,
Abg. EUMELY J. SANCHEZ MARTINEZ.
La Secretaria,
Abg. LUZ MARINA SILVA PEREZ.
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
La Secretaria,
Abg. LUZ MARINA SILVA PEREZ.
Db.
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