REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
De la Circunscripción Judicial del Estado Apure


ACTA DE EJECUCIÓN


COMISIÓN N° 6-1905.-


En el día de hoy, seis de Diciembre del 2006, siendo las 9:35 am., conforme a lo acordado en el auto anterior, se traslado y constituyo el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en un inmueble ubicado en la Calle Salías N° 22 entre calle Bolívar y Comercio, de esta ciudad de San Fernando de Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, librada en el juicio de Desalojo de Inmueble, seguido por el ciudadano NELSON RAFAEL LUGO BENITEZ, contra la ciudadana GLORIA AMERICA RODRIGUEZ, y practicar la Ejecución de la Sentencia dictada por ese Tribunal en fecha 01 de Noviembre del 2006. Se notifica de la misión del Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión a la ciudadana GLORIA AMERICA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.998.569. Presente en este acto una (1) comisión Policial integrada por (2) Funcionarios. El Tribunal deja constancia que no se encuentra presente ningún Funcionario de la Guardia Nacional, ningún representante de la Defensoria del Pueblo, ningún representante del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente, no obstante de haber sido oficiado en fecha 14 de Noviembre de 2006. Según oficios N° 06-707, 06-708, 06-709, respectivamente. Presente en este acto el Apoderado Judicial de la parte actora el Abogado JUAN CORDOBA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.150.033, e inscrito en el IPSA bajo el N° 20.868, quien solicita el derecho de palabra y concedidote como le fue, expuso: “Solicito al Tribunal tenga a bien proceder a ejecutar la Medida a que se contrae la medida comisionada es todo.” Seguidamente solicita el derecho de palabra la ciudadana demandada GLORIA AMERICA RODRIGUEZ, antes identificada, concedidote como le fue, expuso: “Solicito al ejecutante me conceda un lapso que va desde la presente fecha hasta el día 08 de Enero del 2007, es todo.” Seguidamente solicita el derecho de palabra el Apoderado Judicial de la parte actora, concedidote como le fue expuso” Accedo a la petición de la solicitante ejecutada concediéndole el lapso en que hizo la petición, es todo”. El Tribunal vistas las exposiciones anteriores y por ser procedente en derecho acuerda suspender la Medida Ejecutiva que se contrae el presente Despacho de Comisión, hasta que solicite si fuere necesaria una nueva fecha para su Ejecución, Concluida la misión del Tribunal, da por terminado el acto y ordena el regreso a su sede natural, siendo las 10:20 a.m., terminó, se leyó y conformes firman. La Juez Provisoria, DRA. LIGIA PUERTA VALDEZ. El Apoderado Judicial, JUAN CORDOBA. LA NOTIFICADA-DEMANDADA, GLORIA AMERICA RODRIGUEZ. LOS FUNCIONARIOS POLICIALES, S/2DO. JIMMY AGUILAR. C.I.12.900.286. C/1ERO. SANDRO PADILLA. C.I. 12.901.628. EL ALGUACIL ACCIDENTAL. JOSE ESPINOZA. LA SECRETARIA TEMPORAL. DRA. KIMBERLY A. DISSAPIO E.-


COM. N° 06-1905.
AF.-