REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
De los Municipios San Fernando y Biruaca
De la Circunscripción Judicial del Estado Apure
ACTA DE EJECUCIÓN
COMISIÓN N° 6-1879.-
En el día de hoy, ocho de Diciembre del 2006, siendo las 10:30 am., conforme a lo acordado en el auto anterior, se traslado y constituyo el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en la sede de la Alcaldía del Municipio Autónomo, San Fernando, en la Oficina de Personal, ubicada en la Avenida Miranda, de esta Ciudad de San Fernando, Estado Apure, con la finalidad de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y de la Región Sur, y practicar la INSPECCION JUDICIAL, Solicitada por los Apoderados Judiciales, Abogados en ejercicio. JOSE RAFAEL PAEZ RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.590.561, e inscrito en el IPSA bajo el N° 46.126, y JOSE CALAZAN RANGEL RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.140.517, e inscrito en el IPSA bajo el N° 82.280, actuando en el nombre de LOURDES MARGARITA MEZA, en el Juicio contentivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. En contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AUTONOMO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DEL ESTADO APURE. Se le notifica de la misión del Tribunal a la ciudadana previa lectura del Despacho de Comisión a HAYDEMAR VERENZUELA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.144.487, en su condición de Directora de Personal Encargado de la Alcaldía del Municipio San Fernando. Seguidamente el Tribunal pasa a dejar constancia de los particulares a que se contrae el despacho de comisión, siéndole para ello facilitado el expediente contentivo de la Trabajadora MEZA LOURDES MARGARITA. En cuanto al primer particular se evidencio el Tribunal que para las fechas comprendidas del 31-10-2003 al 08-11-2004, la Trabajadora LOURDES MARGARITA MEZA, una remuneración mensual de Ochocientos tres mil con trescientos veintitrés bolívares con cero céntimos ( 803.323,°° ). Al Segundo Particular deja expresa constancia que la ciudadana LOURDES MARGARITA MEZA. No le ha sido calculada el beneficio Cesta Ticket en el periodo comprendido del 31-10-2003 al 08-11-2004. En cuanto al tercer particular: el Tribunal deja expresa constancia que en el expediente contentivo de los beneficios que se le cancelaron a la Trabajadora LOURDES MARGARITA MEZA. Los conceptos de prima por antigüedad y prima de profesionalización, habiéndosele cancelado por concepto de prima de antigüedad la cantidad de (30.000) treinta mil bolívares con cero céntimos y de prima de profesionalización la cantidad de (50.000) cincuenta mil bolívares con cero céntimos, montos estos que fueron cancelados entre el 31-10-2003 hasta el 08-11-2004 mensualmente lo que se constato del expediente administrativo que se le fue suministrado para la practica de la presente INSPECCION JUDICIAL, No teniendo ninguna otra diligencia se da por terminada la presente Inspección, acuerda ser trasladado a su sede natural siendo las 11: 05 am, es todo. Se leyó y termino y firman conformes. La Juez Provisorio, DRA. LIGIA PUERTA VALDEZ. LOS APODERADOS JUDICIALES, JOSE RAFAEL PAEZ R. JOSE CALAZAN RANGEL R. LA NOTIFICADA- HAIDEMAR VERENZUELA. EL FUNCIONARIO POLICIAL, S/2DO. JIMMY AGUILAR. EL ALGUACIL ACCIDENTAL. JOSE ESPINOZA. LA SECRETARIA TEMPORAL. DRA. KIMBERLY A. DISSAPIO E.-
COM. N° 06-1879.
AF.-