REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
CORTE DE APELACIONES

San Fernando de Apure, 23 de enero de 2006

195° y 146°
CAUSA N° 1As-1157-06

PONENTE: DR. ALBERTO TORREALBA LÓPEZ

PENADO: MANCIPE MARTÍNEZ MANUEL MARTÍN

ABOGADO ASISTENTE: ABG. SOTICO TOVAR

DELITO: TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICOS

FISCALÍA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABOGADO CHAMMEL ARANGUREN

MOTIVO: RECURSO DE REVISIÓN DE PENA


Corresponde a esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, pronunciarse de conformidad con el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal sobre la Admisión o no del Recurso de Revisión interpuesto por el penado MANCIPE MARTÍNEZ MANUEL MARTÍN debidamente asistido por el abogado SOTICO TOVAR en su condición de consultor jurídico del Internado Judicial de San Fernando de Apure, donde solicita la rebaja que le corresponde de la pena impuesta en fecha 15-07-2002, y la realización del nuevo cómputo, toda vez que en fecha 05 de octubre de 2005, en Gaceta Oficial Número 38.287, fue promulgada la Nueva Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, reimpresa en fecha 26 de octubre del mismo año en Gaceta Oficial Número 5.789, ya que la referida ley contempla una disminución de la pena establecida para el delito por el cual fue condenado el penado MANUEL MARTÍN MANCIPE MARTÍNEZ.

Para su admisibilidad la Corte de Apelaciones observa lo siguiente:

De los folios seiscientos diecinueve (619) al seiscientos veinte (620) de la presente causa riela escrito de revisión de pena, de conformidad con el numeral 6 del artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual es ejercido por el penado MANCIPE MARTÍNEZ MANUEL MARTÍN debidamente asistido por el abogado SOTICO TOVAR en su condición de consultor jurídico del Internado Judicial de San Fernando de Apure en tal sentido, se desprende que el recurrente tiene la condición de legitimidad y agravio de conformidad con el numeral 5 del artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.

Consta en el expediente original, que desde el día siguiente al 19-12-2005 fecha en la cual el Tribunal Primero de Ejecución de este Circuito Judicial Penal libró notificación a la Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial a los fines de realizar la correspondiente contestación, dándose por notificado el referido abogado CHAMMEL ARANGUREN en su condición de Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial en fecha 21-12-2005 hasta la fecha 18-01-2006 transcurrieron siete (07) días hábiles, procediendo a ejercer contestación en esa fecha.

Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: Admite el recurso de revisión interpuesto por el penado MANCIPE MARTÍNEZ MANUEL MARTÍN debidamente asistido por el abogado SOTICO TOVAR en su condición de consultor jurídico del Internado Judicial de San Fernando de Apure, donde solicita la rebaja de la pena que le corresponde y la realización del nuevo cómputo, toda vez que en fecha 05 de octubre de 2005, en Gaceta Oficial Número 38.287, fue decretada la nueva Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por ser impugnable y recurrible, conforme al artículo 470 numeral 6 del Código Orgánico Procesal Penal, tal como lo ordena el encabezamiento del artículo 474 en relación con el artículo 451ejusdem, referente al procedimiento del recurso de revisión. SEGUNDO: Se fija la celebración de la audiencia Oral y pública para el día 02-02-2006 a las 10:00 horas de la mañana, conforme al artículo 455 en su primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

PATRICIA SALAZAR
JUEZA SUPERIOR PRESIDENTA



ANA SOFÍA SOLÓRZANO ALBERTO TORREALBA LÓPEZ
JUEZA SUPERIOR JUEZ SUPERIOR
(Ponente)


MARÍA LUISA RATTIA
SECRETARIA.



CAUSA 1As 1157-06
ATL/jgo