REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

San Fernando de Apure, 20 de Enero de 2006.
195° y 146°
EJECUCION DE SENTENCIA
CAUSA: 1E-1.336-06
JUEZ: DRA. YULI BALI ARVELO
FISCAL: ABG. CHAMMEL ARANGUREN
DEFENSORA: DRA. MARIA ELENA DELGADO
PENADO: FRANCISCO JAVIER MORILLO MONTOYA
SECRETARIO: ABG. ANGEL R. CAMPO

Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, del presente expediente, en fecha 08-12-2005, en contra del Penado: FRANCISCO JAVIER MORILLO MONTOYA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.046.669, hijo de Maria Montoya y Orlando Morillo, residenciado en el Barrio Campo Alegre, rancho que queda cerca de la Escuela, San Fernando de Apure por el delito de DISTRIBUCIÓN DE TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte del Articulo 31 de la Ley contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad mediante el cual se impuso la pena de: CINCO (05) AÑOS DE PRISION.

Tiempo Detenido: desde 28-05-05 hasta la presente fecha
Tiempo cumplido: SIETE (07) Meses y Veintitrés (23) días
Tiempo por Cumplir: Cuatro (04) años, Cuatro (04) Meses y Seis (06) Días

BENEFICIO: Por cuanto en sentencia emitida el 08 de Abril del 2005, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, decidió SUSPENDER la aplicación del articulo 493 del Código Orgánico Procesal Penal y ORDENA se aplique en forma estricta la disposición contenida en el articulo 501 ejusdem. En consecuencia en el presente caso le procede el Beneficio de Destacamento de trabajo: ¼ 28-08-2006; Régimen Abierto 1/3: 28-01-2007; Libertad Condicional 2/3: 28-09-2008, confinamiento ¾: 28-01-2010, y cumple la totalidad de la pena el: 28-05-2010; todo de conformidad con lo establecido en el articulo 501 del Código Orgánico Procesal Penal. Diarícese, publíquese, Notifíquese del presente cómputo al Fiscal del Ministerio Publico, al penado y a su defensor y practíquese las demás diligencias correspondientes. Librese Boleta de Traslado.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN


DRA. YULI BALI ARVELO.
EL SECRETARIO,


ABG. ANGEL CAMPO.

Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO,


ABG. ANGEL CAMPO.


Causa N° 1E-1336-06
YBA/AC/yc.