ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: 1899-05
PARTE ACTORA: DAIYURY ALVARADO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: YIMIT MIRABAL
PARTE DEMANDADA: CONSEJO MUNICIPAL DE DERECHOS DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL MUNICIPIO BIRUACA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: WILLIAM GUTIERREZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, quince (15) de Febrero de dos mil seis (2006), siendo las tres (3: 00 p.m.) horas de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el JUICIO DE PRESTACIONES SOCIALES, compareciendo por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, por una parte, el abogado YIMIT MIRABAL, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 81.042, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana DAIYURY ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.947.321, según se evidencia de poder debidamente otorgado, que riela al folio once (11) del presente expediente. Estando debidamente facultado para este acto, en lo sucesivo y a los efectos de esta acta, se denominara “DEMANDANTE”. Igualmente se encuentra presente el Abogado WILLIAN GUTIERREZ, en su carácter de Apoderado Judicial del CONSEJO MUNICIPAL DE DERECHOS DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL MUNICIPIO BIRUACA; inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 86.935, plenamente identificado en autos, según se evidencia de poder debidamente otorgado, que riela al folio dieciocho (18) quien también estando debidamente facultado para este acto, así mismo se encuentra presente el Presidente de la demandada de autos ciudadano LUIS LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.362.886, en lo adelante se denominara “DEMANDADO”. En este estado las partes y sus apoderados manifiestan que la relación de trabajo tuvo una duración de 01 año, 06 meses y 15 días y la jornada de trabajo fue a medio tiempo, por lo cual se le cancelaba lo correspondiente a la jornada de trabajo efectivamente laborada, por tanto las partes reconocen que no se adeuda nada por concepto de diferencia salarial; igualmente lo correspondiente a cesta ticket no le corresponde a la demandante, por cuanto en la asociación solo laboran 8 trabajadores. Las partes acuerdan que los conceptos que se detallan y especifican a continuación son los que realmente le corresponde a la trabajadora por el tiempo laborado para la demandada. De igual forma acuerdan como fecha de pago de la cantidad de TRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs.3.000.000,00), para el segundo trimestre del año 2006, Por consiguiente, las partes declaran; que con el pago de la suma antes señalada nada se le adeuda a la demandante por concepto de prestaciones sociales, ni por ningún otro concepto, y solicitan se homologue la presente transacción y se archive el expediente una vez conste el referido pago acordado en esta transacción.
DEMANDANTE: DAIYURY ALVARADO.
De 01-11-03 Al 16-05-05 = 01 año, 06 meses y 15 días
Antigüedad. Articulo 108 Ley Orgánica del Trabajo.
Con salario de 150.000,00 Bs.
De 01-11-03 Al 04-06-04= 35 días x 5.000,00= 175.000,00
Con salario de 200.000,00 Bs.
De 05-06-04 Al 16-05-05= 57 días x 6.666,67= 380.000,19
Total 555.000,19
Intereses
175.000,00 x 14,92%=26.110,00
380.000,19 x 14,02% =53.276,02
Total 79.386,02
Vacaciones y Bono vacacional. Articulo 219,223 y 225 Ley Orgánica del Trabajo.
Año Art. 219 Art.223 Total días
03-04 15 07 22
22 días x 6.666,67= 146.666,74
Vacaciones fraccionadas:
De 01-11-04 Al 16-05-05= 06 meses y 15 días
16 días/12 meses x 6,5 meses = 8,67 x 6.666,67=57.800,03
Bono Vacacional fraccionado:
De 01-11-04 Al 16-05-05= 06 meses y 15 días
08 días/12 meses x 6,5 meses = 4,33 x 6.666,67=28.866,68
Total Vacaciones y Bono Vacacional 233.333,45
Utilidades. Articulo 174Ley Orgánica del Trabajo.
Año 04= 90 días
Año 05= 90 días/12 meses x 6,5 meses = 48,75 días
Total días 138,75 x 6.666,67=925.000,46
Total utilidades 925.000,46
Salarios Caídos.
Mes de mayo de 2005= 200.000,00
Articulo 125 Ley Orgánica del Trabajo.
Indemnización Despido Injustificado. (Numeral 2).
60 días x 6.666,67= 400.000,00
Indemnización Sustitutiva de Preaviso. (Literal c).
45 días x 6.666,67= 300.000,00
Total Artículo 125. 700.000,00
Intereses moratorios 307.280,00
TOTAL PRESTACIONES SOCIALES 3.000.000,00
Este tribunal, vista la transacción celebrada entre las partes le imparte la homologación respectiva, por no ser contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles y acuerda archivar el presente expediente una vez conste en autos el referido pago acordado en la presente transacción laboral.
EL JUEZ,
Abog, CARLOS ESPINOZA COLMENARES
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Apoderado de la Parte Actora
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Apoderado y Presidente de la demandada
La Secretaria,
Abog. Maria Carolina Herrera López
Exp. Nº 1899-05
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