REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑOY DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, SAN FERNANDO DE APURE, (08) DE FEBRERO DEL
AÑO DOS MIL SEIS (2.006)
195° y 146°

Vista la diligencia que antecede de fecha 06-02-2.006, suscrita por la ciudadana MAIRA ANGELINA PEREZ, plenamente identificada en autos, debidamente asistida por la Defensa Pública en el cual solicita la remisión del presente expediente al Juzgado del Municipio Achaguas por cuanto los Hnos. LAYA PEREZ, residen en esa Jurisdicción, este Tribunal a los fines de providenciar acuerda declinar Competencia para el Juzgado del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en razón de que los mencionados hermanos residen en esa jurisdicción; por lo cual este Tribunal se declara incompetente por el territorio y declina competencia en razón del territorio, al Tribunal del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con el Régimen Atributivo de Competencia establecido en la resolución 1.278 de fecha 22-08-02, publicado en Gaceta Oficial N° 37.036 de fecha 14-09-02, y con los artículos: 453 de la Ley para la Protección del Niño y del Adolescente y 60 del Código de Procedimiento Civil de Venezuela.

Se ordena enviar el Expediente al Tribunal declarado competente. Cúmplase. Líbrese lo conducente-

La Juez Prov.,


Dra. MARGARITA CASTILLO.-




El Secretario,


Abg. ERNESTO BOCANEY.-

Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.

El secretario,


Abg. ERNESTO BOCANEY.-



EXP: N° 10.063 MC/ELBO/sore