REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DE TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE.-
SOLICITUD N° 4.816
SENTENCIA DEFINITIVA
MATERIA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTES: MARIA ISABEL CASTILLO NAVARRO DE GONZALEZ
ABOGADO ASISTENTE: CLARA GONZALEZ DE CARREÑO
CAPITULO I
TERMINOS DE LA CONTROVERSIA
Vista la anterior solicitud, suscrita por la ciudadana MARIA ISABEL CASTILLO NAVARRO DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, casada, docente jubilada, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.998.004, y de este domicilio, actuando en este acto y en representación de los ciudadanos: BRIGIDO IGNACIO CASTILLO (esposo), JULIA AUDELINA CASTILLO NAVARRO, JESUS RAFAEL CASTILLO NAVARRO, ANA JOSEFINA CASTILLO NAVARRO DE ZAMBRANO, LUIS ENRIQUE CASTILLO NAVARRO y GRISELDA MARGARITA CASTILLO NAVARRO DE VERA (Hijos), asistidos este acto por la Abogada Clara González, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 96.923, mediante la cual han solicitado de este Tribunal les sea declarados como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Decujus MARIA JOSEFA NAVARRO DE CASTILLO, quien falleció Ad-Intestato el día 21 de Octubre del año 2005, en la Calle Las Marías, Casa Nº 5, de esta ciudad de San Fernando de Apure, según se evidencia de acta de defunción Nº 896, expedida por la Prefectura del Municipio San Fernando de Apure, anexa a la solicitud marcada con la letra “A”. Publicado por la Prensa CARTEL DE NOTIFICACIÓN A CUANTAS PERSONAS TUVIESEN INTERES en dicho proceso, sin que hubiese ocurrido ningún interesado y oídas las declaraciones de los ciudadanos MICHELANGELI DE RATTIA INES ARACELIS y LAYA GONZALEZ ONEL KADIL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad N° 3.140.968 y 14.694.823, respectivamente, quienes declararon que si conocieron a la difunta de vista, trato y comunicación; que si les consta que el ciudadano Brigido castillo era su esposo, que si les consta que la difunta dejo una casa de habitación.
CAPITULO II
DECISION EXPRESA, POSITIVA Y PRECISA
Finalmente y por cuanto de estas actuaciones sólo aparece como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, la ciudadana: MARIA ISABEL CASTILLO NAVARRO DE GONZALEZ, conjuntamente con los ciudadanos: BRIGIDO IGNACIO CASTILLO (esposo), JULIA AUDELINA CASTILLO NAVARRO, JESUS RAFAEL CASTILLO NAVARRO, ANA JOSEFINA CASTILLO NAVARRO DE ZAMBRANO, LUIS ENRIQUE CASTILLO NAVARRO y GRISELDA MARGARITA CASTILLO NAVARRO DE VERA (Hijos), ampliamente identificados en autos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: bastante y suficientemente las presentes actuaciones a favor de la ciudadana: MARIA ISABEL CASTILLO NAVARRO DE GONZALEZ, conjuntamente con los ciudadanos: BRIGIDO IGNACIO CASTILLO (esposo), JULIA AUDELINA CASTILLO NAVARRO, JESUS RAFAEL CASTILLO NAVARRO, ANA JOSEFINA CASTILLO NAVARRO DE ZAMBRANO, LUIS ENRIQUE CASTILLO NAVARRO y GRISELDA MARGARITA CASTILLO NAVARRO DE VERA (Hijos), dejando a salvo en todo caso, los derechos y acciones que puedan corresponder a terceros. Devuélvanse las presentes actuaciones originales a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando, Estado Apure, a los Quince (15) días del Mes de Febrero del Año Dos Mil Seis. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL
DRA. SANDRA NORIEGA DE RIVERO
LA SECRETARIA
ABOG. GRACIELA TORREALBA DE F.
Seguidamente se cumplió con lo ordenado y se devolvió las presentes actuaciones a la solicitante constante de 37 folios, siendo las 2:30 p.m., de esta misma fecha se publico y registro la presente decisión.
LA SECRETARIA
ABOG. GRACIELA TORREALBA DE F.
SNDR/GT/CAD.-
ABOG. GRACIELA TORREALBA DE F., Secretaria titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, CERTIFICA: Que la presente copia Fotostática es fiel y exacta al original de la Sentencia dictada por este Tribunal en esta misma fecha, cursante en la solicitud N° 4.816 de la nomenclatura de este Juzgado que contiene el Juicio de SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HERDEROS, solicitada por la ciudadana MARIA ISABEL CASTILLO NAVARRO DE GONZALEZ. Doy fe de la exactitud de la presente copia la cual expido de orden de este Tribunal de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1° de la Ley de Sellos. En San Fernando de Apure, a los Quince (15) días del Mes de Febrero del año Dos Mil Seis. AÑOS: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.-
LA SECRETARIA,
ABOG. GRACIELA TORREALBA DE F.
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