REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 16 de febrero de 2006
195º y 146º

SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 2C-7230-05
IMPUTADO: FREDDY GONZALEZ CASTILLO
VICTIMA: OMAR JOSE DIAMOND
DELITO: CONTRA LAS PERSONAS (LESIONES)
PROCEDENCIA: FISCALIA SEGUNDA DEL MINISTERIO PÚBLICO.

El Fiscal segundo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, Abg. JULIO CESAR CASTILLO BETANCOURT solicita de este Tribunal Segundo de Control la declaratoria de sobreseimiento en la presente causa, basándose en que no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, no habiendo base para solicitar el Enjuiciamiento de los Imputados, de conformidad a los artículos 318 ordinal 4°, este Tribunal a los fines de decidir observa:
Vista la presente causa se observa que la misma se inicia mediante Denuncia Policial de fecha 19 de Junio de 2000, interpuesta por Diamond Omar José quien expuso: que comparezco ante este despacho con el fin de denunciar al ciudadano Freddy González Castillo, por cuanto el mismo lo agredió físicamente con el puño de la mano en la parte del ojo izquierdo dejándole hematomas……..para el momento de los hechos el ciudadano Freddy Gózales Castillo fue detenido por parte de los funcionarios de la Policía del estado….
En fecha 19 de Junio de 2000 mediante denuncia interpuesta por el ciudadano González Castillo Freddy Alexis ante la División de Investigaciones Penales de la Comandancia de la Policía quien expuso lo siguiente: bueno en relación a lo sucedido con el funcionario José Diamond, dice que se encontraba en el barrio Luis herrera y el funcionario empujo a su concubina, el le pregunto porque la empujaba y fue cuando el funcionario le dio un golpe en la cara…………. Al rato que paso todo el funcionario de nombre José Diamond agarro al hijo de un sargento de la Policía y lo golpeo, entonces González castillo se mete a desapartar y el funcionario le da un golpe en la boca…… luego González Alexis le da un golpe en la parte de la frente al funcionario es todo.-
En fecha 21 de Noviembre de 2001, la Fiscalia Segunda del Ministerio Público recibe actuaciones provenientes de la Comandancia de Policía decretando Auto de inicio de Investigación en la causa 04-002-1735, nomenclatura de la Fiscalia, y comisionando a la División de Investigaciones Penales de la Policía, a los fines de esclarecer el caso y a practicar las diligencias tendientes a la resolución del mismo.
En fecha 24 de Noviembre de 2005, este Tribunal Segundo de Control recibe Solicitud de Sobreseimiento presentada por dicha Fiscalia y revisada la misma se observa que ha cumplido con los supuestos procesales para que proceda el Sobreseimiento solicitado por el Ministerio Publico; verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 4º Y 323 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece este último mencionado, en su primera parte “que presentada la solicitud del sobreseimiento, el Juez convocará a las partes y a la víctima a una audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición, salvo que estime necesario que para comprobar el motivo no sea necesario el debate.” Sin embargo este Tribunal, basada en jurisprudencia de fecha 21-06-2004, sentencia 1195, siendo el Magistrado ponente el Dr. PEDRO RAFAEL RONDON HAAZ, considera que no es necesario fijar audiencia para llevar a cabo el debate a fines de decidir el Sobreseimiento solicitado. Ahora bien este Tribunal observa: por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que efectivamente han transcurrido: mas de CINCO (05) AÑOS Y OCHO (8) MESES, de la presunta comisión del delito investigado y en virtud de que hasta la presente fecha no se han obtenidos nuevos datos, no existe razonablemente la posibilidad para incorporar otros elementos de convicción que demuestren la perpetración del ilícito penal objeto del presente proceso por lo que es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA:
UNICO: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N°2C-7230-05, seguida en contra de: FREDDY GONZALEZ CASTILLO, por el Delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 415 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de OMAR JOSE DIAMOND, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal, Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

ELVIA CASTILLO RODRIGUEZ

LA SECRETARIA


ABG. YSAURI ROJAS

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA


ABG. YSAURI ROJAS



causa N°2C-7230-05
ECR/YR/manuel.-