En el día hábil de hoy, miércoles doce (12) de julio de dos mil seis (2006), siendo las nueve (09:00 a.m.) hora de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia en el JUICIO DE ACREENCIAS DEL PATRONO incoado por los ciudadanos RAMON TOVAR, RAMON PRIETO y JHONNY RODRIGUEZ ante este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, compareció los abogados ANGEL ALI APONTE y MARIA EUGENIA CARPIO, quienes consignan original y copia de poder otorgado por ante la Notaria Publica de Maracay, Estado Aragua, para su certificación ante este Tribunal. El Tribunal deja constancia de la incomparecencia de los ciudadanos RAMON TOVAR, RAMON PRIETO y JHONNY RODRIGUEZ ni por si ni por medio de apoderado alguno, generándose el desistimiento del procedimiento contenido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece:

“Si el demandante no compareciere a la audiencia preliminar se considerara el desistido el procedimiento, terminado el proceso mediante sentencia oral que se reducirá en un acta, la cual deberá publicarse en los misma fecha. Contra esta decisión, el demandante podrá apelar en dos (2) efectos por ante el Tribunal Superior competente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes…..”

En consecuencia, quien aquí juzga se acoge a la normativa supra expresada, teniendo que declarar el desistimiento del procedimiento. Advirtiéndole a la parte demandante que no podrá proponer la demanda ante que transcurran noventa (90) días continuos, contados a partir, cuando quede definitivamente firme la presente decisión de conformidad con en el Parágrafo Primero del artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Y así se decide. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA EL DESISTIMIENTO EL PROCEDIMIETO. Es todo”. Terminó, se leyó y conformes firman.