REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA





CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure 18 de julio de 2006
195º y 146º

SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 1C-7920-06
IMPUTADO: MIGUEL ANGEL RUIZ
VICTIMA: MORELIA DE JESUS GARCÍA
DELITO: CONTRA LAS PERSONAS (LESIONES PERSONALES SIMPLES)
PROCEDENCIA: FISCALIA CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO

Vista la presente causa se observa que la misma se inició en fecha 30 de Enero de 2000, en virtud de denuncia formulada por la ciudadana MORELIA DE JESUS GARCÍA por ante la Comandancia General de la Policía, División de Inteligencia, Estado Apure, en la que manifestó lo siguiente: “…, siendo las 7:30 horas de la noche del día de hoy cuando viajaba con mi concubino MIGUEL ANGEL RUIZ en el vehículo que el trabaja como taxista, …comenzó a golpearme con el puño de la mano por la parte del pecho, junto a mi viajaba mi hija de cinco años de edad, …, a quien agarró por el pelo levantándola del suelo por que lloraba al ver que el me estaba golpeando, …”

En fecha 08-03-06, la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público emite Auto de inicio de Investigación por la presunta comisión de uno de los delitos Contra las Personas (Lesiones Personales Simples), procediendo entonces a realizar las entrevistas correspondientes a los fines de extraer datos valiosos para la investigación.

Posteriormente en fecha 09 de Marzo de 2006, este Tribunal Primero de Control recibe Solicitud de Sobreseimiento presentada por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Publico, basando los argumentos de su solicitud en los supuestos establecidos en el Artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.

Estudiados los supuestos procesales para que proceda el Sobreseimiento solicitado por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Publico; verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 4º Y 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal observa: por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que efectivamente han transcurrido: SEIS (06) AÑOS, CINCO (05) MESES y DIECIOCHO (18) DÍAS, de la presunta comisión del delito investigado, es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL


DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-7920-06, seguida en contra de MIGUEL ANGEL RUIZ por la presunta comisión de uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS (Lesiones Personales Simples), en perjuicio de MORELIA DE JESUS GARCÍA conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente.
Cúmplase.-

LA JUEZA PRIMERO DE CONTROL


DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR

EL SECRETARIO

ABG. ANGEL RAMON CAMPO


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO

ABG. ANGEL RAMON CAMPO
Causa N° 1C-7920-06
WAT/AC/DB