REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.
REPUBLICA BOLIVARIANAR DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
San Fernando de Apure de 06 Julio del 2006
195º y 146º
SOBRESEIMIENTO
CAUSA: 1C-7344-05
IMPUTADO: INSALUD - APURE
VICTIMA: EDILIA BETANCOURT DE POLANCO
DELITO: ATROPELLO, ENSAÑAMIENTO Y ABUSO DE AUTORIDAD
PROCEDENCIA: FISCALIA CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO
Vista la presente causa se observa que la misma se inicia mediante Denuncia de fecha 17 de Noviembre del 1999, formulada por ante la Fiscalia Cuarta del Ministerio Publico, Estado Apure, por la ciudadana EDILIA BATANCOURT DE POLANCO, donde expone que en INSALUD, sitio donde cumple su trabajo las autoridades encargadas le han maltrata moral y verbalmente.
Posteriormente en fecha 28 de Octubre del 2005, la Fiscalia Cuarta del Ministerio Público emite Auto de inicio de Investigación por la presunta comisión de uno de los delitos ATROPELLO, ENSAÑAMIENTO Y ABUSO DE AUTORIDAD, procediendo entonces a realizar las entrevistas correspondientes a los fines de extraer datos valiosos para la investigación.
Seguidamente en fecha 01 de Noviembre del 2005, este Tribunal Primero de Control recibe Solicitud de Sobreseimiento presentada por la Fiscalia Cuarta del Ministerio Publico, basando los argumentos de su solicitud en los supuestos establecidos en el Artículo 318, ordinal 2º ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Estudiados los supuestos procesales para que proceda el Sobreseimiento solicitado por la Fiscalia Cuarta del Ministerio Publico; verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318, numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal observa: por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que efectivamente han transcurrido: SEIS (06) AÑO, SIETE (07) MESES, (19) DIAS, de la presunta comisión del delito investigado, es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N°1C-7344-05, seguida en contra de: INSALUD-APURE, por la presunta comisión de uno de los Delitos ATROPELLO, ENSAÑAMIENTO Y ABUSO DE AUTORIDAD, en perjuicio del Ciudadano EDILIA BETANCOURT DE POLANCO. Conforme a lo establecido, en el Artículo 318, ordinal 2do del Código Orgánico Procesal Penal, Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZ
Dra. WILMER ARANGUREN TOVAR
EL SECRETARIO
Abg. ANGEL RAMON CAMPO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO
Abg. ANGEL RAMON CAMPO
Causa N°1C-7344-05
WAT/rosa.