REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure, 07 de JULIO de 2006.-

AUDIENCIA ESPECIAL DE PRORROGA
CAUSA N° 1C-8350-06
JUEZ: DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR
FISCAL: FISCALIA DÉCIMA DEL MINISTERIO PUBLICO
DEFENSA: Dra. MARIA LUISA PANTOJA
SECRETARIA: ABOG. MARIA ALEJANDRA OSTO
DELITO: CONTRA LA LEY ORGÁNICA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO Y EL CONSUMO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS.
VICTIMA: LA COLECTIVIDAD
IMPUTADOS: ANTHONY JOSÉ YOBERA.
En el día de hoy, SIETE (07) de JULIO de 2006, siendo las 11:50 horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Especial de acuerdo a lo establecido en el articulo 250 cuarto aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Se constituye este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure; Seguidamente la Ciudadana Juez solicita de la Ciudadana secretaria verificar la presencia de las partes quien expuso: Se observa la presencia de la Representante de la Fiscalia Décima del Ministerio Público, la Defensa, representada solo por este acto por el Defensor Pública DRA. LUISA MARÍA PANTOJA y el imputado Anthony José Yobera. Seguidamente la ciudadana Juez da inicio a la celebración de la audiencia y cede el derecho de palabra a la Representación Fiscal quien expone:“Esta representación fiscal lleva a la Oralidad escrito presentado ante este despacho a los fines de ratificar la solicitud de prorroga de Quince (15) días adicionales para la presentación de la acusación formal, haciendo mención a este Tribunal, que la misma vence en fecha 09-07-06, solicitado entonces, de acuerdo al Articulo 250, cuarto aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de uno de los delitos previsto y sancionado en la Ley Orgánica Contra El Tráfico Ilícito Y El Consumo De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, esta solicitud, en virtud de que se hace necesario practicar aun diligencias necesarias y pertinentes para el esclarecimiento del hecho que se investiga, como lo es la practica de la experticia botánica, que se practica en la ciudad de San Juan de Los Morros. Es todo.”Posteriormente la Juez cede el derecho de palabra a la Defensa: “esta defensa se adhiere a la solicitud Fiscal por cuanto la misma no lesiona derechos, intereses ni garantías procesales y constitucionales de mi defendido. Es todo.” Acto seguido la Juez toma la palabra y emite el siguiente pronunciamiento: “oídas como han sido las exposiciones de la Representación Fiscal y de la Defensa, este Tribunal Primero de Control a los fines de decidir observa, que, se evidencia de la declaración del representante fiscal, así como de la revisión de las actas que efectivamente aun faltas diligencia por realizar que podrían aportar con sus resultas elementos nuevos y de interés investigativo, es por lo que este Tribunal Primero en función de Control, ACUERDA:

UNICO: CONCEDER PRORROGA POR EL LAPSO DE QUINCE (15) DÍAS, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA 10-07-06, a la Fiscalía Décima del Ministerio Público a los fines de que emita el acto conclusivo al que hubiera lugar. Mantengase la causa en este Tribunal. Es todo termino se leyó, conformes firman. Mantengase la causa en este Tribunal. Es todo termino se leyó, conformes firman.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR




LA FISCAL DÉCIMA DEL M-P


DRA. JELIB BASANTA ROMERO




LA DEFENSA PÚBLICA,



DRA. LUISA MARÍA PANTOJA




EL IMPUTADO,


ANTHONY JOSÉ YOBERA




LA SECRETARIA,


ABG. MARÍA ALENDRA OSTO

Causa N° 1C- 8350-06
WAT/MAO