REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA





CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

San Fernando de Apure, 11 de Julio 2006.
147° y 196°

Causa N° 1E-1360-06.

Visto y revisado el Informe Técnico sobre rasgos de personalidad y condiciones de vida al penado SIERRA ALCANTARA MANUEL ENRIQUE, suscritos por el Equipo Técnico de la Coordinación Regional Andina U.T.A. S.P.N°. 06, adscrito a la Coordinación Nacional de Medidas de Pre-Libertad, de la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio del Interior y Justicia, quien emitió pronóstico favorable para la Concesión de la Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena para el penado a quien recomendó: Evitar por todos los medios inmiscuirse en situaciones irregulares; Mantenerse en el lugar de Trabajo; Responder a los compromisos familiares; y Asistir ante la Unidad Técnica; este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, estima pertinente: acoger las recomendaciones del Equipo Técnico, y visto que de la verificación del tiempo de pena cumplida hasta el presente por el consabido penado se infiere que el mismo es suficiente para que proceda el estudio para la concesión de la fórmula alternativa de cumplimiento de pena que conforme al principio de Progresividad corresponde en virtud de las previsiones de ley, se ACUERDA:
PRIMERO: Notificar al penado SIERRA ALCANTARA MANUEL ENRIQUE, para imponerlo de las Medida y/o Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena que le procede a partir de la consignación de los Antecedentes Penales, para lo cual se estima pertinente, en virtud de la celeridad debida en el presente caso, instar al penado ciudadano: Manuel Enrique Sierra Alcántara a que designe Correo Especial para que recabe de la oficina correspondiente el recaudo debido.
SEGUNDO: Que una vez consignado los Antecedentes Penales antes este Tribunal proveerá lo conducente a los fines de que se emita el dictamen respecto de la concesión o no de la Formula Alternativa correspondiente.
TERCERO: Que a los fines de mayor celeridad y dando cumplimiento a las normas constitucionales establecidas en los artículos 19, 23 y 272 referidas a los derechos humanos del penado, y la preferencia en la aplicación de formas de cumplimiento de pena mediante formulas alternativas a las de naturaleza reclusoria, se estima procedente requerir Antecedentes Penales a los fines de ley. Notifíquese. Ofíciese. Cúmplase.

Juez Primero de Ejecución,


Dr. David Oswaldo Bocaney O.


La Secretaria,


Abg. Taibeth Castellano


Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado,


La Secretaria,


Abg. Taibeth Castellano.













CAUSA N° 1E-1360-06.-
DOB/TC/liz.-