REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN FERNANDO DE APURE.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

San Fernando de Apure 12 de junio de 2006
195º y 146º

SOBRESEIMIENTO

CAUSA: 1C-8117-06
IMPUTADO: EFRAIN CEGOVIA
VICTIMA: MARIENMY OJEDA GARRIDO
DELITO: CONTRA LA PROPIEDAD
PROCEDENCIA: FISCALIA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO

Vista la presente causa se observa que la misma se inicia mediante denuncia interpuesta por la ciudadana MARIENMY OJEDA GARRIDO en fecha 06 de enero de 2001, por ante el Comando Regional Nº 06, Destacamento Nº 68 Departamento de Investigaciones Penales del Estado Apure, quien dejó constancia de lo siguiente: “Los primeros días del mes de Diciembre del año pasado, vine donde el Capitán Comandante de la Guardia Nacional de Achaguas a decirle que si podía cortar una madera blanca, para ser utilizada en la fabricación de una casa de bahareque y el me dijo que no había problemas, entonces comencé a condicionar donde iba a construir la casa una vez listo el terreno, procedí a levantar la referida casa, luego de haberla levantado una tarde me regresé después de haberme ido para mi casa que tengo en el pueblo, …, fue donde conseguí al ciudadano EFRAIN CEGOVIA, dándole con una hacha en los horcones para destruir la construcción, …”
En fecha 03/08/01, la Fiscalía Primera del Ministerio Público emite Auto de inicio de Investigación por la presunta comisión de uno de los delitos contra la propiedad, procediendo entonces a realizar las entrevistas correspondientes a los fines de extraer datos valiosos para la investigación.

Seguidamente en fecha 02 de mayo de 2006, este Tribunal Primero de Control recibe Solicitud de Sobreseimiento presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Publico, basando los argumentos de su solicitud en los supuestos establecidos en el Artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.

Estudiados los supuestos procesales para que proceda el Sobreseimiento solicitado por la Fiscalía Primera del Ministerio Publico; verificada como ha sido la data de la causa y los actos investigativos realizados en procura del esclarecimiento del caso planteado; y dando cumplimiento a lo establecido en los Artículos 318 Numeral 4º Y 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal observa: por cuanto de la revisión de las actas se evidencia que efectivamente han transcurrido: CINCO (05) AÑOS, CINCO (05) MES, CUATRO (04) DÍAS, de la presunta comisión del delito investigado, es procedente y ajustado a derecho ACOGER LA SOLICITUD FISCAL


DISPOSITIVA

En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-8117-06, seguida en contra del ciudadano: EFRAIN CEGOVIA, por la presunta comisión de uno de los Delitos CONTRA LA PROPIEDAD, en perjuicio de MARIENMY OJEDA GARRIDO, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente.



Cúmplase.-


LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL


DRA. WILMER ARANGUREN TOVAR

EL SECRETARIO

ABG. ANGEL RAMON CAMPO


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO

ABG. ANGEL RAMON CAMPO




Causa N° 1C-8117-06
WA/AC/DB